Culto

Radicaciones en el país

Aquellos religiosos que por diversos motivos decidan permanecer en la República Argentina para continuar con su labor pastoral y/o educativa, podrán solicitar a la Dirección Nacional su intervención a fin de tramitar la radicación temporaria o definitiva en el país.

Legalizaciones

Para la certificación de documento eclesiásticos, los mismos deben contar con la firma de la autoridad eclesiástica correspondiente (arzobispo, obispo, canciller, vicecanciller, vicario general o notario de curia), la cual se diligencia en la sede del Arzobispado u Obispado al cual pertenece la Parroquia o Capilla que extendió el acta.

Solicitudes de visas

En virtud de lo previsto en el Decreto 13.867/46, la Dirección de Culto Católico interviene en las solicitudes de visas religiosas de miembros de congregaciones inscriptas en el Registro de Institutos de Vida Consagrada o de instituciones religiosas acreditadas por un Obispado o Arzobispado, que ingresen al territorio nacional para desarrollar actividades religiosas o de formación.