COPETE: La Presidenta Cristina Fernández firmó un decreto que otorga asueto el 18 y el 21 de abril y reduce a la mitad los días necesarios para pedir la licencia. La elección es el 20 de abril
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La Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, firmó el pasado 3 de abril el Decreto 559/2008 por el cual se fija en cinco días corridos el plazo previsto en el artículo 2º del Decreto Nº 2133/94 (que establece que el trabajador deberá solicitar la licencia con una antelación no menor a 10 días a la fecha de los comicios) y se otorga asueto a los ciudadanos paraguayos los días 18 y 21 de abril de 2008, a fin de que concurran a emitir su voto en las elecciones nacionales que se realizarán en la República del Paraguay el próximo domingo 20 de abril.
Mediante este Decreto, entonces, se reduce a la mitad la cantidad de días necesarios para pedir la licencia y se otorga los dos días de asueto para que la gran comunidad paraguaya que reside en nuestro país pueda ir a votar a su país.
En los considerandos del Decreto Presidencial se expresa claramente que el Gobierno Nacional considera que es fundamental alentar la participación democrática, no solamente de los ciudadanos argentinos, sino también de los residentes extranjeros cuando deban cumplir con sus deberes cívicos, y más áun cuando se realizan comicios nacionales en sus países de origen. En ese sentido, se considera necesario facilitar la concurrencia de los ciudadanos paraguayos que trabajen en relación de dependencia en la Argentina, sea en el ámbito privado o público, a fin de que puedan emitir su voto.
De igual manera al Decreto 559/2008, se dictaron los Decretos 1381/2004 y 1523/2005 con motivo de las elecciones del 31 de octubre de 2004 en Uruguay, y del 12 de diciembre de 2005 en Chile, respectivamente.
Hay que destacar que la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner recibió en audiencia al candidato de la UNACE, Lino Oviedo, el 5 de febrero de 2008; al candidato de la Alianza Patriótica para el Cambio, Fernando Lugo, el 10 de marzo, y a la candidata del Partido Colorado, Blanca Ovelar, el 1 de abril.
Cabe recordar que mediante la Ley 23.759, promulgada el 11 de enero de 1990, se estableció que los ciudadanos de países limítrofes radicados en la República Argentina que trabajen en relación de dependencia, gozarán en sus empleos de hasta cuatro días de licencia a los fines de que puedan concurrir a emitir su voto cuando se realicen elecciones en su país de origen. Esta Ley fue reglamentada por el Decreto 2133/94, cuyo artículo 2° establece que el trabajador deberá solicitar la licencia con una antelación no menor a 10 días a la fecha de los comicios.-