La Cancillería, a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales, vela por la defensa de los intereses nacionales en las negociaciones ambientales de los foros internacionales.
Como país en desarrollo, la Argentina reafirma que las respuestas a los desafíos ambientales deben enmarcarse en el contexto del desarrollo sostenible en sus tres dimensiones: económica, social y ambiental.}
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), también conocida como la “Cumbre para la Tierra”, se celebró en Río de Janeiro, Brasil, en 1992. Entre sus resultados se encuentran los Principios de Río y las tres Convenciones llamadas “las Convenciones de Río” que incluye la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático; el Convenio sobre Diversidad Biológica y la Convención de las Naciones Unidas para la Lucha contra la Desertificación.
A continuación, un resumen de algunas de las negociaciones que recaen bajo la competencia de la Dirección General de Asuntos Ambientales:
Cambio climático: La respuesta política internacional al cambio climático comenzó con la adopción de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) en 1992. La CMNUCC establece un marco para la acción cuyo objetivo es la estabilización de la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera, para evitar que la “actividad humana interfiera peligrosamente” con el sistema climático. La CMNUCC entró en vigor el 21 de marzo de 1994 y actualmente tiene 192 Estados Parte. Seguidamente en 2005 entró en vigor el Protocolo de Kioto. En 2015, en la COP21 se adoptó el Acuerdo de París bajo la Convención Marco revigorizando la respuesta internacional a la lucha contra el cambio climático y aumentando la ambición universal. El Acuerdo de París entró en vigor el 4 de noviembre de 2016, actualmente cuenta con 195 Partes, los 194 Estados Miembros de Naciones Unidas y la Unión Europea. Anualmente tiene lugar la Conferencia de las Partes de los tres instrumentos, llamada Conferencia de las Partes de la Convención de Cambio Climático (COP) que cuentan con una participación relevante de Jefes de Estado, Ministros y demás autoridades.
En este foro internacional, la Argentina negocia junto a Brasil, Uruguay y Paraguay –país recientemente incorporado- como el Grupo SUR. Cabe resaltar que Brasil será sede de la COP-30 en 2025, que tendrá lugar en Belén, siendo la primera COP a desarrollarse en una ciudad amazónica.
La Argentina se encuentra comprometida con la lucha contra el cambio climático, y reafirman el principio de “responsabilidades comunes pero diferenciadas y respectivas capacidades” reconocido en la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático y su Acuerdo de París. Este principio distingue claramente entre los países desarrollados y los países en desarrollo, reconociendo que los países desarrollados deberán tomar la iniciativa en la lucha contra el cambio climático en virtud de sus responsabilidades históricas en la emisión de gases de efecto invernadero. Este compromiso debe verse reflejado tanto en la limitación de sus emisiones como en la provisión de medios de implementación para países en desarrollo, incluyendo la transferencia de tecnología y financiamiento.
Diversidad Biológica: El Convenio sobre la Diversidad Biológica es el instrumento internacional para "la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos", que ha sido ratificado por 196 países. El órgano rector del Convenio es la Conferencia de las Partes (COP) que tiene lugar cada dos años.
En diciembre de 2022 se adoptó el Marco Mundial de Biodiversidad Kunming-Montreal, en el marco de la 15ª COP, celebrada en Montreal, Canadá, y presidida por la República Popular de China. El Marco Mundial de Biodiversidad es un hito en los esfuerzos mundiales en materia ambiental que llama a detener y revertir la pérdida de naturaleza en todo el planeta para el año 2030.
La Argentina ha sido un activo participante en el proceso de negociación, destacándose en su rol de coordinador regional y como miembro del Buró que supervisó el proceso de elaboración del Marco en representación de América Latina y el Caribe.
Desertificación: La Convención de las Naciones Unidas para la Lucha contra la Desertificación es un acuerdo internacional que tiene como objetivo impulsar una respuesta global a fenómenos como la desertificación, la degradación de los suelos y la sequía, entre otros. Su enfoque principal se centra en la promoción del uso sostenible de la tierra, esencial para mantener el equilibrio de los ecosistemas, preservar la biodiversidad y asegurar condiciones de vida justas para las poblaciones. La Convención, establecida en 1994 en el marco de la Cumbre de la Tierra, representa el único marco jurídicamente vinculante destinado a abordar los efectos de la desertificación, la degradación de los suelos y la sequía. Actualmente, cuenta con la participación de 197 Partes. La República Argentina firmó esta convención en 1994 y la ratificó mediante la Ley 24.701 del 25 de septiembre de 1996. Nuestro país desempeña un papel activo en las negociaciones en el marco de este Acuerdo y forma parte del Buró de la Conferencia de las Partes en representación de la región de América Latina y el Caribe. Además, trabaja de manera comprometida para alcanzar las metas voluntarias de Neutralidad de la Degradación de la Tierra.
Plásticos: En marzo de 2022, en el marco de la Asamblea Mundial de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEA-5.2), celebrada en Nairobi, Kenia, se aprobó la Resolución
5/14 "Poner fin a la contaminación por plástico: hacia un instrumento internacional jurídicamente vinculante".
La resolución crea un Comité Intergubernamental de Negociación (INC), ámbito en el que se negocia el instrumento. El futuro acuerdo abarcará cuestiones tales como el diseño de productos y la gestión ambientalmente racional de los desechos plásticos, la promoción de medidas de cooperación nacionales e internacionales para reducir la contaminación por plásticos en el medio marino y la coordinación con organismos regionales e internacionales.
Ozono: El Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono limita la producción y el consumo de las sustancias que agotan la capa de ozono mediante el establecimiento de un listado de sustancias químicas destructoras, distinguiendo dos grandes grupos de países con distintas responsabilidades (países desarrollados y países en desarrollo), disponiendo calendarios de reducción y eliminación distintos para cada uno de ellos y generando la reconversión de los sectores industriales y agrícolas que producen o consumen las sustancias controladas.
El Fondo Multilateral del Protocolo proporciona “cooperación financiera y técnica, incluida la transferencia de tecnología” para ayudar a los países en desarrollo a cumplir con las medidas de control y los compromisos asumidos bajo el Protocolo. La Argentina participa activamente en las negociaciones bajo el Protocolo de Montreal hace más de 35 años.
Especies Amenazadas: La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES) entró en vigor el 1 de julio de 1975. Es uno de los acuerdos internacionales más antiguos, cuyo objetivo es asegurar que la fauna y flora silvestres no sean explotadas en el comercio internacional de manera no sustentable. La CITES es una convención internacional que combina temas de vida silvestre y de comercio con un instrumento legal vinculante a fin de obtener objetivos de conservación y de uso sostenible. Establece un marco legal internacional junto con mecanismos y procedimientos para un estricto control del tráfico comercial internacional de especies amenazadas y una efectiva regulación de las especies que no lo están. Sus mecanismos y procedimientos son utilizados por 183 países para regular y monitorear el tráfico internacional de las especies listadas.