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TAIANA: "ARGENTINA RECHAZA ENÉRGICAMENTE ESTAS MEDIDAS UNILATERALES QUE CONSTITUYEN UN ACTO ILÍCITO TANTO FRENTE AL DERECHO ARGENTINO COMO AL DERECHO INTERNACIONAL"

Jueves 1 Mayo 2008
Información para la Prensa N°: 
132/08

La Cancillería argentina que dirige Jorge Taiana presentó ayer por la tarde una enérgica nota de protesta formal al Reino Unido por un nuevo acto unilateral ilegítimamente realizado el pasado 18 de abril, cuando convocó a una "ronda de licencias" arrogándose el derecho de otorgar áreas de la plataforma continental argentina al norte de las Islas Malvinas para realizar actividades hidrocarburíferas.

El canciller Jorge Taiana aseguró que "la Argentina rechaza enérgicamente estas medidas unilaterales que constituyen un acto ilícito tanto frente al derecho argentino como al derecho internacional". "El Gobierno argentino reafirmó una vez más sus derechos soberanos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, que forman parte de nuestro territorio nacional" explicó.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de nuestro país le entregó formalmente ayer por la tarde a la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en Buenos Aires una nota de protesta por lo que denominó "apertura de la ronda de licencias" ilegítimamente convocada por el Reino Unido para realizar actividades hidrocarburíferas en la plataforma continental sujetas a la soberanía y jurisdicción de la República Argentina, en áreas marítimas al norte de las Islas Malvinas el 18 de abril pasado.

Esta enérgica protesta de nuestro país ante esta acción unilateral británica responde a la firme y constante política del Gobierno Nacional ante la sucesión de acciones unilaterales británicas que, entre otros motivos, llevaron a la Argentina a dar por terminada, el 27 de marzo de 2007, la Declaración Conjunta argentino-británica del 27 de septiembre de 1995, celebrada bajo fórmula de salvaguardia de soberanía, sobre "Cooperación sobre Actividades Costa Afuera en el Atlántico Sudoccidental" referida a exploración y explotación de hidrocarburos en el área sujeta a la disputa de soberanía.

La Cancillería argentina reitera una vez más que esta nueva acción unilateral del Reino Unido es incompatible con lo establecido por las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas 2065 (XX), 3160 (XXVIII), 31/49, 37/9, 38/12, 39/6, 40/21, 41/40, 42/19 y 43/25, en las que reconoce la existencia de la disputa de soberanía denominada la "Cuestión de las Islas Malvinas" e insta a los gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a que reanuden las negociaciones a fin de encontrar a la mayor brevedad posible una solución pacífica a la disputa. En particular, es contraria a lo expresamente dispuesto por la Resolución 31/49 de la Asamblea General que insta a las dos partes en la disputa a abstenerse de adoptar decisiones que introduzcan modificaciones unilaterales en la situación mientras las islas están atravesando el proceso de negociación bilateral al que exhortan reiteradamente las Naciones Unidas.

• GESTIONES DE DESALIENTO SOBRE LAS EMPRESAS PETROLERAS

Ante diversas versiones periodísticas que dieron cuenta de operaciones que estarían efectuando compañías petroleras británicas en el área al norte de las Islas Malvinas, que involucra a la petrolera británica Rockhopper Exploration, la Cancillería argentina reiteró una vez más que las actividades de esta empresa en particular, así como toda otra involucrada, vienen siendo protestadas formalmente al Reino Unido desde 2005, en cuanto el Gobierno argentino tomó conocimiento de la pretensión británica de arrogarse ilegítimamente la facultad de conceder licencias y autorizar actividades hidrocarburíferas en áreas de nuestra plataforma continental sin la debida autorización del Gobierno argentino.

El mecanismo de rechazo involucra varias gestiones dado que, además de las protestas formales al Reino Unido, también se remiten notas de desaliento a todas las empresas, advirtiéndoles que, por la ilicitud de su accionar, son pasibles de las sanciones legales aplicables. Por otra parte, toda empresa directa o indirectamente vinculada comercialmente con las empresas ilegalmente autorizadas por el Reino Unido ha recibido idéntica advertencia.

Tal fue el caso de la francesa "Compagnie Générale de Géophysique" y su homónima norteamericana, con sede en Houston, que fueron notificadas en 2007 y 2006, respectivamente, por la Argentina cuando trascendió que habían sido contratadas por la británica Rockhopper Exploration para realizar prospección sísmica en la Cuenca Malvinas Norte sin la autorización argentina correspondiente.

Estas acciones se complementan con gestiones oficiales ante los países donde están radicadas estas empresas, donde la Argentina transmite su preocupación y rechazo a las autoridades correspondientes porque empresas domiciliadas en esos países están involucradas en operaciones ilegales en plataforma argentina, sin la debida autorización de nuestro país.

Por otra parte, el 29 de marzo de 2007, la Secretaría de Energía adoptó la Resolución 407/2007 a fin de perfeccionar los medios de que dispone el Estado Nacional para disuadir y, en su caso, sancionar actividades hidrocarburíferas en la plataforma continental argentina que pudieran desarrollarse sin el debido permiso de la autoridad argentina competente. Se trata de un sistema de restricciones en el "Registro de Empresas Petroleras" que lleva la Secretaría de Energía, en el cual debe revistar toda empresa que opere en el país.