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Dante Caputo

Lunes 24 Noviembre 1986
Discurso del Sr. Canciller Dante Caputo
41° Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas
Cuestión de las islas Malvinas

Señor presidente:

Quiero ante todo transmitir el sincero agradecimiento del gobierno argentino al secretario general de esta organización, por la gestión de buenos oficios que ha llevado a cabo de conformidad con las resoluciones que esta asamblea general ha adoptado sobre la cuestión Malvinas. Esperamos que esa gestión pueda continuar y, como en el pasado, la Argentina está dispuesta a cooperar plenamente para su éxito.

Señor presidente:

Una vez más la Asamblea General va a considerar la cuestión de las islas Malvinas. Y, lamentablemente, lo hará sin que en el año transcurrido se hayan registrado progresos para la solución de un conflicto que mantiene en tensión a la zona del Atlántico Sur.

En realidad, vistos los recientes acontecimientos, la situación se ha agravado. No sólo el Reino Unido se ha negado a acatar la resolución del año pasado de esta Asamblea General sino que además, ha introducido una nueva y alarmante novedad a partir de su declaración del 29 de octubre pasado.

A la luz de estos hechos, de las tensiones que han generado, cabe reflexionar acerca de la profunda sabiduría de la resolución 40/21. Una resolución sencilla, casi elemental, desprovista de cualquier elemento valorativo, que planteaba con claridad el centro del problema. su esencia: la disputa de soberanía que existe entre las partes.

Todo lo que hemos vivido en el último mes con relación a este tema no ha sido, no es, sino la consecuencia de esa disputa, de esa controversia fundamental. No es que la cuestión de la disputa sea el único problema, sino que la cuestión de la disputa, es el origen de todos los problemas.

Lo cual nos hace pensar, como lo, hemos sostenido tantas veces, que ignorar las causas que separan las posiciones de la Argentina y el Reino Unido, es y será una fuente inagotable de nuevas tensiones y problemas.

Esto es, insisto, lo que ha quedado expuesto con claridad luego de los recientes acontecimientos.

En efecto, señor presidente, la declaración del Reino Unido el 29 de octubre pasado relativa a la pesquería en el Atlántico Sur, no es producto de una preocupación conservacionista, no es un hecho aislado que sólo intenta pre

venir la sobreexplotaci6n pesquera. Es sencillamente un acto que busca ahora expandir la dominación británica, sobre un mar en el que mi país ejerció y ejerce derechos soberanos y jurisdicción.

Es decir, es un acto que se inscribe básicamente en la disputa de soberanía con la Argentina.

Es una prueba más, ciertamente peligrosa, de hasta dónde se puede llegar cuando se insiste en ignorar los problemas reales, cuando se insiste en adquirir títulos por la fuerza, en fin, cuando es persiste en la intransigencia.

Es por todo esto, señor presidente, que he considerado necesario analizar con cuidado esos acontecimientos, exponiendo los hechos ante esta Asamblea, pesando los argumentos que se han dado, observando su veracidad, para concluir en lo que es nuestra tesis fundamental: lo que motiva la declaraci6n del 29 de octubre es la cuestión de la soberanía sobre las islas y la voluntad británica de ampliar el ejercicio de su pretendida soberanía sobre las mismas. Entonces, comencemos sucintamente con el relato de los hechos:

La disputa con el Reino Unido se origina a partir de 1833 con la ocupación por la fuerza de las islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur. Desde entonces mi país ha protestado contra el régimen colonial allí instalado y reclamado la restitución de esos territorios a la soberanía efectiva argentina.

Esa disputa, históricamente, comprendía las islas y tres millas de mar territorial. En toda la zona marítima circundante, es decir, más allá de las tres millas, desde hace muchos años la Argentina ha ejercido pacíficamente y en forma incontestada su jurisdicción y control.

Luego del conflicto de 1982, el gobierno británico impuso sobre parte de esas aguas una denominada "zona de protección" con carácter militar, de 150 millas medidas desde el centro del archipiélago, que nunca fue reconocida por la Argentina.

La existencia de esa zona, impidió, bajo la amenaza de ataque británico, el patrullaje de las naves y aeronaves argentinas que hasta ese momento se efectuaba regularmente.

Además, el Reino Unido incrementó las fortificaciones militares en las islas Malvinas de modo totalmente desproporcionado a los peligros que decía quería evitar, aun cuando el gobierno del presidente Alfonsín manifestó formal y reiteradamente que se apelaría sólo a las vías pacíficas para lograr la legítima e irrenunciable restitución de las islas.

En este contexto, el 29 de octubre último, el gobierno británico formuló la titulada "Declaración relativa a las pesquerías en el Atlántico sudoccidental".

En esa declaración el Reino Unido, se arroga por un lado, el derecho de establecer una jurisdicción de pesca alrededor de las islas Malvinas de hasta un máximo de 200 millas náuticas, medidas desde las costas, y se adjudica además la jurisdicción sobre la plataforma continental, aclarando que estas decisiones son de aplicación inmediata.

Por otro lado, anuncia que se tomarán medidas legislativas para asegurar la conservación y administración de recursos, dentro de esas 200 millas de jurisdicción pesquera, en un área que se llamará "Zona interina de conservación y administración" y cuyo límite se determinó posteriormente en 150 millas.

Señor presidente, hasta aquí los hechos sobresalientes.

Veamos ahora los argumentos invocados para tomar esta decisión y cuál es la exactitud de los mismos. Exactitud que comprobaremos no a partir de nuestra valoración sino a partir de hechos objetivos.

Al tomar esta decisión el gobierno del Reino Unido recurrió a cuatro argumentos principales con los cuales intentó justificarse ante la comunidad internacional.

Dichos argumentos básicos fueron:

Primero, la necesidad de poner en marcha un mecanismo que asegurara la conservación de los recursos pesqueros dado el peligro de depredación.

Segundo, la intransigencia argentina para firmar un acuerdo multilateral que regule la explotación pesquera.

Tercero, la falta de colaboración de mi país para lograr ese acuerdo, al celebrar otros de carácter bilateral.

Cuarto, la falta de disposición argentina a colaborar con la FAO.

Todos estos argumentos podrían ser resumidos de la siguiente manera:

dada la urgencia de proteger la pesca, y considerando que los acuerdos multilaterales no se concretarían, era necesario adoptar medidas unilaterales que evitaran esta dramática situación.

Analicemos el primer argumento, es decir, la urgente necesidad de evitar la depredación de los recursos.

Este planteo se encuentra en el centro de toda la posición esgrimida por el Reino Unido y es el sustento principal de su decisión.

Así, la declaración del 29 de octubre habla de (cito): "La gran preocupación por el rápido aumento de la pesca en el Atlántico sudoccidental, con su serio impacto en los stocks pesqueros que allí se encuentran" (fin de la cita).

Infortunadamente para el gobierno del Reino Unido, se ha dado a conocer en estos días el informe preliminar de la FAO sobre la cuestión, en cuya página 70 leemos (cito): "Bajo las circunstancias actuales no parece haber razón para esperar que la presión de pesca de la flota de altura en el Atlántico sudoccidenta1 pueda tener un impacto en el ecosistema del área, mayor que el de otras pesquerías con características similares en otras partes del mundo" (fin de cita).

Quiero subrayar, señor presidente, que este informe, antes de conocerse había sido particularmente valorado por el gobierno británico, hasta el punto de querer justificar la acción del 29 de octubre entre otras cosas por la ausencia de dicho informe.

En efecto, el secretario de Relaciones Exteriores británico, en la Cámara de los Comunes de su país, ante la pregunta del parlamentario Towsend en el sentido de que hubiera sido más prudente esperar a que se conociera el informe de la FAO. Contestó (cito): "No habría sido posible continuar esperando, ya que el primer informe borrador de la F AO, se estima, no será conocido antes de fin de año." (Fin' de cita.)

En rigor, todo nos hace pensar que el argumento es a la inversa: era necesario tomar la decisión antes de que se conociera el 18 de noviembre el informe, ya que su divulgación destruiría todo tipo de sustento conservacionista a la medida británica.

En cualquier caso, independientemente de las presunciones que podamos hacer, allí están los hechos incontrovertibles.

El principal argumento británico desaparece. Cae, precisamente, a partir de la opmión de la organización mundial que se especializa en el tema de la pesca.

Pasemos ahora al segundo argumento: la intransigencia argentina para firmar un acuerdo multilateral.

En la Cámara de los Comunes el secretario de Relaciones Exteriores afirmó, el mismo 29 de octubre (cito): "Argentina ha seguido un curso diferente y sus acciones han minado el enfoque multilateral". (Fin de cita.)

Sobre esta cuestión, señor presidente, hay dos aspectos que conviene distinguir. Primero, la necesidad de un acuerdo multilateral. Segundo, los reales motivos de la propuesta británica de lograr un acuerdo multilateral.

En cuanto a lo primero me remito simplemente, una vez más, al informe de la FAO. En ningún momento ese informe recomienda un acuerdo multilateral. Es más, sostiene claramente la necesidad de considerar las aguas de Malvinas en una situación especial, puesto que existe alli una controversia de soberanía y jurisdicción, que está en discusión en el seno de las Naciones Unidas.

La única alusión a la acción multilateral, y sólo fuera de las 200 millas, se expresa de la siguiente manera en la página 68 del informe, donde se recomienda (cito): "Algún tipo de colaboración entre los Estados que operan en el área" (fin de cita).

Bueno es recordar que Gran Bretaña no pesca en esa zona.

En realidad, habiendo demostrado que nada indica la necesidad de un convenio multilateral, todavía subsiste la pregunta de por qué se invocó este argumento. Y aquí conviene una aclaración, que mostrará -una vez más cuál es el problema real que se está discutiendo.

Lo que pretendía el Reino Unido, en realidad, era sentarse en una misma mesa junto a la Argentina, ambos en su calidad de países ribereños en el Atlántico Sur, y negociar acuerdos multilaterales con los países cuyos buques están pescando en la zona.

Así, bajo la apariencia de un propósito loable como es el de evitar la depredación del recurso ictícola, el Reino Unido esperaba obtener un reconocimiento de sus pretendidos derechos sobre ese mar.

Ello era inaceptable para nosotros, ya que habríamos reconocido a un ocupante ilegítimo de territorio insular argentino, el carácter de Estado ribereño.

Pero hay más. Supongamos que la Argentina hubiera accedido a una negociación con el Reino Unido para resolver s610 las cuestiones de pesquería. ¿Puede alguien pensar, aun con fértil imaginación, que hubiese sido posible encarar esos temas sin que surgiesen conflictos de jurisdicción, vale decir, aquellos relativos al ejercicio de la soberanía? Es obvio que inevitablemente una u otra de las partes habría planteado su derecho a las áreas en disputa. Por eso, insistimos en la necesidad de negociaciones globales. Por ello, señor presidente, estamos otra vez confrontados con la solución del problema de soberanía.

El tercer argumento británico sostenía, y cito nuevamente la declaración del 29 de octubre: "Argentina ha concluido acuerdos bilaterales de pesca con la Uni6n Soviética y Bulgaria. A través de estos acuerdos la Argentina se propone ejercer una jurisdicción que de acuerdo al derecho internacional corresponde a las islas Malvinas. Estos acuerdos son incompatibles con la iniciativa multilateral". (Fin de cita.)

La Argentina realizó, efectivamente, negociaciones bilaterales que se encuentran en distintos Estados de concred6u, con países cuyos buques estaban ya de hecho pescando en la zona, para regular y para controlar la explotación del recurso en nuestro mar.

Se firmaron, así acuerdos bilaterales, que el gobierno británico calificó como contrarios al derecho internacional, aun cuando ellos se encuadran en un todo dentro de los artículos 61 inciso 29, Y 62 inciso 29 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, instrumento que regula, entre otras cosas, la. conservación y utilización de los recursos vivos.

Por su parte, el gobierno británico, que no ha firmado la convención del mar, sorprendentemente invoca el derecho internacional actual, contenido en dicha convención, para justificar su posición.

Por otro lado, independientemente de que la Argentina no le reconoce al Reino Unido ningún derecho en el área, cuando los acuerdos bilaterales de pesca con la Unión Soviética y Bulgaria fueron concertados, la zona de mar territorial establecida por el Reino Unido alrededor de las islas Malvinas era de tres millas marítimas, y en consecuencia no había superposición de jurisdicción que diera lugar a conflicto.

Es precisamente a partir de la declaración británica de 200 millas que hay una vasta zona de superposición que muy bien puede originar graves fricciones.

En cuarto lugar, Londres sostiene, como dije antes, la falta de colaboración argentina. Citó la declaración del 29 de octubre '1as recientes acciones del gobierno argentino muestran indiferencia a las necesidades de conservación y una preferencia por la obstrucción en vez de la cooperación".

Pero el informe preliminar de la FAO señala que la realidad es otra (cito): "La Argentina proporcionó información detallada sobre la captura y operaciones de pesca de su flota de altura, puso a disposición datos e informes de sus campañas de reconocimiento de recursos pesqueros más recientes y también contribuyó con una revisión actualizada de los recursos pesqueros y otros temas pertinentes relacionados con la pesca en el Atlántico sudoccidental". (Fin de cita.)

Es decir, este argumento también cae.

Han habido por cierto, algunos pretextos accesorios que se utilizaron. Como por ejemplo el sostener al mismo tiempo que realizamos un patrullaje agresivo en el área y por otro lado que no nos preocupamos de la conservación, lo cual implica una flagrante contradicción que me exime de toda demostración.

Pero lo cierto es, señor presidente, que la esencia de la sustentación británica queda desmentida por hechos objetivos, que no requieren valoración de mi parte.

Existen con todo, algunos otros antecedentes que conviene citar para concluir esta parte del análisis. Uno sin duda importante es el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de los Comunes sobre el tema que nos ocupa, y que subraya aún más las contradicciones y debilidades de la '" posición del Reino Unido.

En efecto, el informe 1984 de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de los Comunes, (párrafos 145 y 146), expresa:

(Cito) 145. "A pesar de las desventajas ambientales derivadas del régimen de libertad total existente en las aguas de las Malvinas (Falklands), no estamos convencidos de que se justifique el establecimiento de una zona exclusiva de pesca en aguas de las Malvinas (Falklands)".

(Cito) 146. "Existen indudablemente fuertes argumentos en favor de la reglamentación y administración de la pesca en las Malvinas (Falklands) y sus dependencias, pero hay considerables problemas políticos y prácticos por ser superados. En primer lugar, si no fuera por la existencia de la disputa de soberanía, cabría esperar que el tema fuese objeto de consultas con los vecinos de las Malvinas (Falklands), incluyendo la Argentina".

"En segundo lugar, necesariamente existen dudas acerca de la aceptabilidad internacional de una zona impuesta unilateralmente, en particular entre países no alineados y comunistas, en vista de su simpatía por la soberanía argentina."

"En consecuencia, el ejercicio del poder de policía en tal tipo de zona crearía difíciles problemas legales y probablemente sería costoso. No necesariamente sería una función apropiada para los buques de la marina real destacados en el área y no creemos que el gobierno de su majestad debería asumir ligeramente compromisos que, en lugar de reducir, aumentarían la necesidad de una presencia naval grande en el Atlántico Sur." (Fin de cita.)

Por su parte, en sus observaciones al informe de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de los Comunes (párrafo 42) el gobierno británico expresó: (Cito) 42. "El gobierno está de acuerdo con el punto de vista del comité (párrafos 143 - 145) sobre la existencia de considerables problemas políticos y prácticos a ser superados en relación con la reglamentación y administración' de la pesca en el área de las Malvinas (Falklands) y sus dependencias, notamos el punto de vista del comité (párrafo 145) de que el establecimiento de una zona exclusiva de pesca no puede ser justificado. El gobierno está activamente considerando qué medidas serían más apropiadas en las circunstancias de las Malvinas (Falklands), incluyendo los aspectos ambientales y de conservación involucrados". (Fin de cita.)

Por lo tanto, señor presidente, cabe concluir en lo siguiente:

1. El comité reconoce la existencia de una disputa de soberanía, lo cual el gobierno británico pretende ahora ignorar en los hechos.

2. Admite -y con razón- que el establecimiento de una zona exclusiva de pesca crearía serios problemas legales y por ende sería de dudosa aceptación internacional.

3. El comité expresa categóricamente que el establecimiento de la zona haría indispensable reforzar las fuerzas navales británicas, con las consecuencias de todo tipo que ello implica. Entre las más graves, el aumento de la tensión y la posibilidad nada desdeñable de que se originen serios incidentes.

Estos son los hechos, los argumentos y la realidad. De todo lo cual cabe un balance muy simple que nos lleva a una reiterada comprobación. Si la conservación no es el fundamento real, ¿qué motivo nos queda para explicar la acción británica?

Creo señor presidente que la respuesta es sencilla.

Del análisis efectuado hasta aquí, queda claro que la conducta del gobierno británico responde a una lógica expansionista, una lógica que busca extender, cualquiera sea el precio, su ilegal ocupación del territorio insular y marítimo de mi país.

Mi gobierno está convencido de que el mantenimiento y profundización de esa lógica por parte del gobierno británico entraña riesgos graves para la zona, sobre los que quiero alertar a esta Asamblea General.

La declaración del 29 de octubre ya ha provocado un aumento de la tensión en el área, como lo han señalado, unánimemente la OEA y el Movimiento de Países No Alineados. La tensión y la inseguridad en el Atlántico Sur pueden ir en aumento como consecuencia de esta agresiva conducta del Reino Unido. Más aún, es posible que, en definitiva, lo que quiera es buscar fricciones, provocar incidentes armados que consoliden la usurpación colonial y que aseguren el rédito político-electoral que en realidad se tiene como objetivo.

¿Acaso podemos pensar otra cosa, cuando el presidente del Partido Conservador británico, señor Norman Tebbitt, propuso diez días antes de la declaración del Reino Unido, (cito): "Recuperar el espíritu de guerra de Malvinas"? (Fin de cita.)

Sí, señor presidente, estamos frente a una lógica alarmante que debe interrumpirse, sobre todo cuando recordamos lo dicho hace pocos días por el ministro Eggar, quien en respuesta a preguntas formuladas en la Cámara de los Comunes en relación con la vigilancia en la zona expresó (cito): "Queda abierto a discreción del gobierno el utilizar en circunstancias apropiadas la marina real y la fuerza aérea que actualmente patrullan la zona" (fin de la cita).

Esta grave afirmación resulta sorprendente, aún más si recordamos que el Reino Unido votó favorablemente en esta Asamblea General la resolución que aconseja la desmilitarización del Atlántico Sur.

Señor presidente:

Frente a esta preocupante actitud de Gran Bretaña, mi país ha respondido con serenidad y prudencia, profundizando las posibilidades de una distensión en el área.

En efecto el 17 de noviembre pasado hicimos conocer a la comunidad internacional

una declaración de mi gobierno cuya parte resolutiva dice (cito):

"El gobierno argentino expresa su disposición para:

1. Iniciar negociaciones globales con el Reino Unido, según los términos de la resolución 40/21 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

2. Iniciar, como paso previo y preparatorio a dichas negociaciones, un diálogo abierto con el Reino Unido a efectos de crear las condiciones de confianza necesarias para encarar con éxito las negociaciones v establecer los cronogramas de las mismas.

3. Facilitar el inicio de las negociaciones a través de una declaración que en su momento, a pesar de ser jurídicamente innecesario establezca el cese formal de hostilidades, como parte de un proceso de eliminación de las consecuencias del conflicto y que deberá poner fin a la llamada "zona de protección" militar de 150 millas.

4. Resolver, como siempre lo ha sostenido, en el marco de la negociación global de acuerdo a los términos de la resolución 40/21 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, todos los problemas que existan entre ambas partes además de la disputa de soberanía, a saber: la eliminación de las consecuencias del conflicto, el intercambio comercial, las relaciones consulares y diplomáticas, transportes y comunicaciones y, en cuanto corresponda, lo atinente a la conservación de los recursos pesqueros, todo ello con la asistencia del secretario general de las Naciones Unidas.

5 Analizar, dentro de las conversaciones y posterior negociación, todas las fórmulas posibles de solución de la disputa, que contemplen en particular la creación de medidas de confianza para los habitantes de las islas, con la asistencia del secretario general de las Naciones Unidas". (Fin de cita.)

Hay otra reflexión, señor presidente, que estimo necesario señalar. Sin perjuicio de todo lo expuesto, e independientemente de las alternativas que caracterizan y han caracterizado esta disputa, parece especialmente negativo que un miembro permanente del Consejo de Seguridad, esto es, uno de los cinco Estados particularmente responsables en la tarea de mantener la paz y seguridad internacionales, se obstine en no encarar la solución de un conflicto reconocido desde hace más de veinte años por nuestra organización e ignore el mayoritario llamado de la comunidad internacional.

En definitiva, esta Asamblea General puede comprobar las dos lógicas que se han desarrollado en el último mes: la del enfrentamiento y la expansión británica, y la de la paz, la racionalidad y la prudencia argentina.

He aquí, señor presidente, todo lo que deseábamos demostrar. Mientras se continúe ignorando el problema central, no tendremos capacidad para resolver los problemas accesorios. Mientras no se acepte la realidad, una realidad que diariamente nos golpea, no podremos cambiar la realidad. Es decir, nada. más lejano de un espíritu práctico que desconocer los problemas, porque lo más sencillo y práctico es reconocer lo evidente: que todo lo que el Reino Unido hace es para afirmar su pretendida soberanía, que todo lo que la Argentina hace es para recuperar su soberanía.

No hay nada que deba oscurecer esta elemental comprobaci6n. Y es por esto que esta Asamblea General va a votar otra vez, este año, un proyecto de resolución que comienza por lo esencial: pedir a las partes que se sienten a negociar, sin ignorar, sin desconocer, sin prejuzgar, ninguna cuestión.

Será la sabiduría de esta asamblea, la sabiduría de despejar lo accesorio para exigir lo esencial.

La sabiduría, en fin, de prevenir los peligros del futuro.