El 23 de diciembre de 2015 Cosme Ignacio Marino Demonte fue condenado por el Tribunal Oral de Paraná a cadena perpetua por los delitos de homicidio enmarcado en desaparición forzada, privación ilegítima de libertad y apremios ilegales, agravados por ser miembro de la policía, durante la última dictadura cívico militar.
Con anterioridad a su condena, el 5 de agosto de 2013, Marino Demonte había presentado una denuncia ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU argumentando que se encontraba en prisión preventiva desde el 19 de abril de 2010, responsabilizando a su vez al Estado argentino por la presunta violación a los derechos a la libertad ambulatoria y a la presunción de inocencia consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La defensa del Estado argentino fue ejercida por la Dirección de Contencioso Internacional en Materia de Derechos Humanos de esta Cancillería y la Secretaría de Derechos Humanos. En su decisión, el Comité consideró que la Argentina realizó una justificada prórroga de la detención preventiva, razonable y necesaria para evitar la impunidad de los hechos investigados, que habría podido resultar en la fuga del autor, de la alteración u ocultación de las pruebas, o de la posible intimidación de testigos o víctimas.
El Estado argentino, en el marco del proceso de memoria, verdad y justicia, celebra la decisión del Comité de Derechos Humanos de la ONU, en tanto constituye un claro y contundente reconocimiento del apego y respeto a los estándares internacionales en materia de debido proceso verificado en los juicios que se llevan adelante en la Argentina por la comisión de graves crímenes de lesa humanidad ocurridos durante la última dictadura cívico militar.