España
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Capítulo: | 03-Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos |
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Características | En 2021 España importó 1, 430 millones de toneladas de pescado por valor de 7.542 millones de dólares, incrementándose un 6% en volumen y un 23% en valor. Las importaciones procedentes de Argentina, que es el segundo proveedor por detrás de Marruecos, fueron de 83 mil toneladas y con un valor de 518 millones de dólares. El crecimiento de las compras procedentes de Argentina respecto al año 2020 fue de 19% en volumen y de 37% en valor. Los principales proveedores fueron: Marruecos; Argentina, , Portugal, Francia y Ecuador. |
Factores que favorecen la demanda | La balanza comercial es desfavorable para España . España está entre los diez países que más pescado importa, a pesar de ser también una potencia pesquera. El consumo doméstico y el turismo hacen que la demanda supere ampliamente a la capacidad productiva del sector, por lo que resulta imprescindible acudir a las importaciones. España es el segundo país, junto con Italia, con mayor porcentaje de personas que comen pescado al menos una vez a la semana (84%), tan solo por detrás de Portugal, donde el porcentaje es del 91%. Uno de cada cuatro españoles (25%) come pescado tres o más veces por semana, uno de cada tres (36%) dos veces por semana y uno de cada cuatro (24%) lo hace una vez a la semana Durante el año 2020, el consumo extra doméstico de pescados y mariscos fue de 74 millones de kilos, lo que suponen 2,2 kilos de consumo medio per capita. Las consumiciones de pescados y mariscos ascendieron a 389 millones, lo que significa 17,7 euros per cápita. El consumo medio más notable es el de los mariscos, 1,3 kilos por persona, y de manera más concreta, langostinos y gambas (0,57 kilos per cápita) y calamares (0,35 kilos por persona). |
Producto | 0306.17.99 Camarones y gambas |
Posición Arancelaria | 030617 |
Reglamentos/Barreras | Principales disposiciones comunitarias y españolas aplicables a la pesca podrán encontrarse en el siguiente link: https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/legislacion/recopilaciones-legis... |
Importador 1 | ALIMENTOS FRIORIZADOS S.A.- ALFRISA // Bellvei, 19-25, Pol. Ind. Can Salvatella Barberá del Vallés – Barcelona // 0034 937 193 530// alex.duran@alfrisa.com |
Importador 2 | FANDICOSTA, S.A.// Domaio Factoria Pesquera Moaña, Pontevedra// 34 986 326 800// dircom@fandicosta.es |
Importador 3 | PEREIRA PRODUCTOS DEL MAR// Jacinto Benavente 29 Darsena 4 Vigo// 34 986 446 265 // ppm@grupopereira.com |
Importador 4 | GRUPO VIDELA S.A.// Transversal, 2 Mercabarna Barcelona//34 932 626 940//importacion@grupovidela.com |
Importador 5 | LANZAL//Puerto de Vigo - Edificio Portocultura, dársena nº2, oficinas 8-12 Vigo, España//34 986 441 827 //E-mail: info@lanzal.com |
Condiciones de acceso | IVETER Inspección veterinaria (importación) según lo establecido en la Ley 8/2003 (BOE 25-04-2003). SANIM Inspección sanitaria (importación) La importación de animales vivos y productos de origen animal referidos en el R/UE 2019/2007 L-312 (03-12-2019) (CELEX 32009R2007) está sujeta a control oficial en el puesto de inspección en frontera (PIF) de conformidad con el R/UE 2017/625 L-95 (07-04-2017) (CELEX 32017R0625). CONCAL - El control de calidad a la importación será efectuado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). PEIL - Autorización pesquera para control de pesca ilegal según R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (importación y exportación) El despacho a libre práctica está supeditado a la presentación de un certificado de captura, según lo establecido en el R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (CELEX 32008R1005). Dicho documento se consignará en la casilla 44 del DUA con la clave C673. El certificado de captura tendrá que ser presentado a la Secretaría General del Mar, que emitirá la autorización de importación (Código casilla 44 DUA: 1311) o exportación (Código casilla 44 DUA: 1312). Para las mercancías declaradas a las que no se aplica el R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (CELEX 32008R1005), se consignará en la casilla 44 del DUA el código Y927. REGIMEN DE COMERCIO: IMPORTACION: LIBRE IVA 10% Nota: Exención - Estarán exentas del IVA las importaciones definitivas efectuadas en los puertos por los armadores de buques de los productos de pesca que procedan directamente de sus capturas, en el mismo estado en que se capturaron o sometidas operaciones destinadas exclusivamente a preservarlas para su comercialización, tales como limpieza, troceado, clasificación y embalaje, refrigeración, congelación o adición de sal. Dichos productos no deberán haber sido objeto de una entrega previa a la importación. Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992) Derechos Arancelarios: Terceros 12% Nota 1.- Derecho reducido al 0% dentro de los límites de un contingente arancelario aplicable a los productos no originarios de los PTU según el R/CE 660/2002 L-102 (18-04-2002) (CELEX 32002R0660). ORDEN 09.1641 Nota 2.- Derecho reducido al 0% aplicable dentro de los límites de un contingente arancelario comunitario según R/UE 2020/1706 L-385 (17-11-2020) (CELEX 32020R1706). Orden 09.2826. Documentación que deben acompañar a los Productos de Origen Animal-POA para su importación • Documento Sanitario Común de Entrada para productos de origen animal - CHEDP • Fotocopia de la factura comercial. • Fotocopia del conocimiento de embarque de la partida (aéreo –Air Bill- o marítimo –Bill of Lading). • Fotocopia de la declaración sumaria aduanera, excepto en el caso del teleproceso vía EDI, o de la documentación aduanera presentada. • Ejemplar para la administración del impreso de autoliquidación de la tasa por la realización de los controles veterinarios sobre los productos de origen animal procedentes de terceros países • Original del Certificado Sanitario Oficial (CSO) expedido por la autoridad competente del país de origen que acredite el cumplimiento de los requisitos sanitarios, o • En el caso de productos de la pesca importados directamente de un buque pesquero o congelador, el original del documento firmado por el capitán. Se podrá visualizar mayor información respecto a requisitos para importar productos de terceros países de origen animal (POA) en el siguiente link: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/cont... |
Producto | 0307.43.92 – Congelado Illex spp |
Posición Arancelaria | 030743 |
Reglamentos/Barreras | Principales disposiciones comunitarias y españolas aplicables a la pesca podrán encontrarse en el siguiente link: https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/legislacion/recopilaciones-legis... |
Importador 1 | ALIMENTOS FRIORIZADOS S.A.- ALFRISA // Bellvei, 19-25, Pol. Ind. Can Salvatella Barberá del Vallés – Barcelona // 0034 937 193 530// alex.duran@alfrisa.com |
Importador 2 | FANDICOSTA, S.A.// Domaio Factoria Pesquera Moaña, Pontevedra// 34 986 326 800// dircom@fandicosta.es |
Importador 3 | PEREIRA PRODUCTOS DEL MAR// Jacinto Benavente 29 Darsena 4 Vigo// 34 986 446 265 // ppm@grupopereira.com |
Importador 4 | PEREIRA PRODUCTOS DEL MAR// Jacinto Benavente 29 Darsena 4 Vigo// 34 986 446 265 // ppm@grupopereira.com |
Importador 5 | LANZAL//Puerto de Vigo - Edificio Portocultura, dársena nº2, oficinas 8-12 Vigo, España//34 986 441 827 //E-mail: info@lanzal.com |
Condiciones de acceso | DESPE El control de utilización de este destino particular se hará mediante la aplicación de las disposiciones comunitarias dictadas en la materia (ver artículo 254 del R/UE 952/2013 L-269 (10-10-2013) (CELEX 32013R0952). IVETER Inspección veterinaria (importación) según lo establecido en la Ley 8/2003 (BOE 25-04-2003). SANIM Inspección sanitaria (importación) La importación de animales vivos y productos de origen animal referidos en el R/UE 2019/2007 L-312 (03-12-2019) (CELEX 32009R2007) está sujeta a control oficial en el puesto de inspección en frontera (PIF) de conformidad con el R/UE 2017/625 L-95 (07-04-2017) (CELEX 32017R0625). CONCAL - El control de calidad a la importación será efectuado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). PEIL - Autorización pesquera para control de pesca ilegal según R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (importación y exportación) El despacho a libre práctica está supeditado a la presentación de un certificado de captura, según lo establecido en el R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (CELEX 32008R1005). Dicho documento se consignará en la casilla 44 del DUA con la clave C673. El certificado de captura tendrá que ser presentado a la Secretaría General del Mar, que emitirá la autorización de importación (Código casilla 44 DUA: 1311) o exportación (Código casilla 44 DUA: 1312). Para las mercancías declaradas a las que no se aplica el R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (CELEX 32008R1005), se consignará en la casilla 44 del DUA el código Y927. REGIMEN DE COMERCIO: IMPORTACION: LIBRE IVA 10% Nota: Exención - Estarán exentas del IVA las importaciones definitivas efectuadas en los puertos por los armadores de buques de los productos de pesca que procedan directamente de sus capturas, en el mismo estado en que se capturaron o sometidas operaciones destinadas exclusivamente a preservarlas para su comercialización, tales como limpieza, troceado, clasificación y embalaje, refrigeración, congelación o adición de sal. Dichos productos no deberán haber sido objeto de una entrega previa a la importación. Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992) Derechos Arancelarios: Terceros 8% Nota 1.- Derecho reducido al 0% aplicable dentro de los límites de un contingente arancelario comunitario según R/UE 2020/1706 L-385 (17-11-2020) (CELEX 32020R1706). Orden 09.2785 para P.A. 0307.43.92.10 Nota 2.- Derecho reducido al 0% aplicable dentro de los límites de un contingente arancelario comunitario según R/UE 2020/1706 L-385 (17-11-2020) (CELEX 32020R1706). Orden 09.2786 para P.A. 0307.43.92.20 Documentación que deben acompañar a los Productos de Origen Animal-POA para su importación • Documento Sanitario Común de Entrada para productos de origen animal - CHEDP • Fotocopia de la factura comercial. • Fotocopia del conocimiento de embarque de la partida (aéreo –Air Bill- o marítimo –Bill of Lading). • Fotocopia de la declaración sumaria aduanera, excepto en el caso del teleproceso vía EDI, o de la documentación aduanera presentada. • Ejemplar para la administración del impreso de autoliquidación de la tasa por la realización de los controles veterinarios sobre los productos de origen animal procedentes de terceros países • Original del Certificado Sanitario Oficial (CSO) expedido por la autoridad competente del país de origen que acredite el cumplimiento de los requisitos sanitarios, o • En el caso de productos de la pesca importados directamente de un buque pesquero o congelador, el original del documento firmado por el capitán. Se podrá visualizar mayor información respecto a requisitos para importar productos de terceros países de origen animal (POA) en el siguiente link: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/cont... |
Producto | 0304.74 – Merluzas |
Posición Arancelaria | 030474 |
Reglamentos/Barreras | Principales disposiciones comunitarias y españolas aplicables a la pesca podrán encontrarse en el siguiente link: https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/legislacion/recopilaciones-legis... |
Importador 1 | ALIMENTOS FRIORIZADOS S.A.- ALFRISA // Bellvei, 19-25, Pol. Ind. Can Salvatella Barberá del Vallés – Barcelona // 0034 937 193 530// alex.duran@alfrisa.com |
Importador 2 | FANDICOSTA, S.A.// Domaio Factoria Pesquera Moaña, Pontevedra// 34 986 326 800// dircom@fandicosta.es |
Importador 3 | PEREIRA PRODUCTOS DEL MAR// Jacinto Benavente 29 Darsena 4 Vigo// 34 986 446 265 // ppm@grupopereira.com |
Importador 4 | GRUPO VIDELA S.A.// Transversal, 2 Mercabarna Barcelona//34 932 626 940//importacion@grupovidela.com |
Importador 5 | LANZAL//Puerto de Vigo - Edificio Portocultura, dársena nº2, oficinas 8-12 Vigo, España//34 986 441 827 //E-mail: info@lanzal.com |
Condiciones de acceso | IVETER Inspección veterinaria (importación) según lo establecido en la Ley 8/2003 (BOE 25-04-2003). SANIM Inspección sanitaria (importación) La importación de animales vivos y productos de origen animal referidos en el R/UE 2019/2007 L-312 (03-12-2019) (CELEX 32009R2007) está sujeta a control oficial en el puesto de inspección en frontera (PIF) de conformidad con el R/UE 2017/625 L-95 (07-04-2017) (CELEX 32017R0625). CONCAL - El control de calidad a la importación será efectuado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). PEIL - Autorización pesquera para control de pesca ilegal según R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (importación y exportación) El despacho a libre práctica está supeditado a la presentación de un certificado de captura, según lo establecido en el R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (CELEX 32008R1005). Dicho documento se consignará en la casilla 44 del DUA con la clave C673. El certificado de captura tendrá que ser presentado a la Secretaría General del Mar, que emitirá la autorización de importación (Código casilla 44 DUA: 1311) o exportación (Código casilla 44 DUA: 1312). Para las mercancías declaradas a las que no se aplica el R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (CELEX 32008R1005), se consignará en la casilla 44 del DUA el código Y927. REGIMEN DE COMERCIO: IMPORTACION: LIBRE IVA 10% Nota: Exención - Estarán exentas del IVA las importaciones definitivas efectuadas en los puertos por los armadores de buques de los productos de pesca que procedan directamente de sus capturas, en el mismo estado en que se capturaron o sometidas operaciones destinadas exclusivamente a preservarlas para su comercialización, tales como limpieza, troceado, clasificación y embalaje, refrigeración, congelación o adición de sal. Dichos productos no deberán haber sido objeto de una entrega previa a la importación. Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992) Derechos Arancelarios: Terceros 7,5% Nota 1.- Derecho reducido al 0% aplicable dentro de los límites de un contingente arancelario comunitario según R/UE 2020/1706 L-385 (17-11-2020) (CELEX 32020R1706). Orden 09.2774 para P.A. 0304.74.15.10 Documentación que deben acompañar a los Productos de Origen Animal-POA para su importación • Documento Sanitario Común de Entrada para productos de origen animal - CHEDP • Fotocopia de la factura comercial. • Fotocopia del conocimiento de embarque de la partida (aéreo –Air Bill- o marítimo –Bill of Lading). • Fotocopia de la declaración sumaria aduanera, excepto en el caso del teleproceso vía EDI, o de la documentación aduanera presentada. • Ejemplar para la administración del impreso de autoliquidación de la tasa por la realización de los controles veterinarios sobre los productos de origen animal procedentes de terceros países • Original del Certificado Sanitario Oficial (CSO) expedido por la autoridad competente del país de origen que acredite el cumplimiento de los requisitos sanitarios, o • En el caso de productos de la pesca importados directamente de un buque pesquero o congelador, el original del documento firmado por el capitán. Se podrá visualizar mayor información respecto a requisitos para importar productos de terceros países de origen animal (POA) en el siguiente link: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/cont... |
Producto | 0304.95.50 Merluzas del genero Merluccius |
Posición Arancelaria | 030495 |
Reglamentos/Barreras | Principales disposiciones comunitarias y españolas aplicables a la pesca podrán encontrarse en el siguiente link: https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/legislacion/recopilaciones-legis... |
Importador 1 | ALIMENTOS FRIORIZADOS S.A.- ALFRISA // Bellvei, 19-25, Pol. Ind. Can Salvatella Barberá del Vallés – Barcelona // 0034 937 193 530// alex.duran@alfrisa.com |
Importador 2 | FANDICOSTA, S.A.// Domaio Factoria Pesquera Moaña, Pontevedra// 34 986 326 800// dircom@fandicosta.es |
Importador 3 | PEREIRA PRODUCTOS DEL MAR// Jacinto Benavente 29 Darsena 4 Vigo// 34 986 446 265 // ppm@grupopereira.com |
Importador 4 | GRUPO VIDELA S.A.// Transversal, 2 Mercabarna Barcelona//34 932 626 940//importacion@grupovidela.com |
Importador 5 | LANZAL//Puerto de Vigo - Edificio Portocultura, dársena nº2, oficinas 8-12 Vigo, España//34 986 441 827 //E-mail: info@lanzal.com |
Condiciones de acceso | DESPE El control de utilización de este destino particular se hará mediante la aplicación de las disposiciones comunitarias dictadas en la materia (ver artículo 254 del R/UE 952/2013 L-269 (10-10-2013) (CELEX 32013R0952). IVETER Inspección veterinaria (importación) según lo establecido en la Ley 8/2003 (BOE 25-04-2003). SANIM Inspección sanitaria (importación) La importación de animales vivos y productos de origen animal referidos en el R/UE 2019/2007 L-312 (03-12-2019) (CELEX 32009R2007) está sujeta a control oficial en el puesto de inspección en frontera (PIF) de conformidad con el R/UE 2017/625 L-95 (07-04-2017) (CELEX 32017R0625). CONCAL - El control de calidad a la importación será efectuado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). PEIL - Autorización pesquera para control de pesca ilegal según R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (importación y exportación) El despacho a libre práctica está supeditado a la presentación de un certificado de captura, según lo establecido en el R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (CELEX 32008R1005). Dicho documento se consignará en la casilla 44 del DUA con la clave C673. El certificado de captura tendrá que ser presentado a la Secretaría General del Mar, que emitirá la autorización de importación (Código casilla 44 DUA: 1311) o exportación (Código casilla 44 DUA: 1312). Para las mercancías declaradas a las que no se aplica el R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (CELEX 32008R1005), se consignará en la casilla 44 del DUA el código Y927. REGIMEN DE COMERCIO: IMPORTACION: LIBRE IVA 10% Nota: Exención - Estarán exentas del IVA las importaciones definitivas efectuadas en los puertos por los armadores de buques de los productos de pesca que procedan directamente de sus capturas, en el mismo estado en que se capturaron o sometidas operaciones destinadas exclusivamente a preservarlas para su comercialización, tales como limpieza, troceado, clasificación y embalaje, refrigeración, congelación o adición de sal. Dichos productos no deberán haber sido objeto de una entrega previa a la importación. Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992) Derechos Arancelarios: Terceros 7,5% Nota 1.- Derecho reducido al 0% aplicable dentro de los límites de un contingente arancelario comunitario según R/UE 2020/1706 L-385 (17-11-2020) (CELEX 32020R1706). Orden 09.2774 para P.A. 0304.95.50.10 y para P.A. 0304.95.50.20 Documentación que deben acompañar a los Productos de Origen Animal-POA para su importación • Documento Sanitario Común de Entrada para productos de origen animal - CHEDP • Fotocopia de la factura comercial. • Fotocopia del conocimiento de embarque de la partida (aéreo –Air Bill- o marítimo –Bill of Lading). • Fotocopia de la declaración sumaria aduanera, excepto en el caso del teleproceso vía EDI, o de la documentación aduanera presentada. • Ejemplar para la administración del impreso de autoliquidación de la tasa por la realización de los controles veterinarios sobre los productos de origen animal procedentes de terceros países • Original del Certificado Sanitario Oficial (CSO) expedido por la autoridad competente del país de origen que acredite el cumplimiento de los requisitos sanitarios, o • En el caso de productos de la pesca importados directamente de un buque pesquero o congelador, el original del documento firmado por el capitán. Se podrá visualizar mayor información respecto a requisitos para importar productos de terceros países de origen animal (POA) en el siguiente link: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/cont... |
Producto | 0303.66.12 – Congelados – Merluza argentina (merluza sudamericana) |
Posición Arancelaria | 030366 |
Reglamentos/Barreras | Principales disposiciones comunitarias y españolas aplicables a la pesca podrán encontrarse en el siguiente link: https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/legislacion/recopilaciones-legis... |
Importador 1 | ALIMENTOS FRIORIZADOS S.A.- ALFRISA // Bellvei, 19-25, Pol. Ind. Can Salvatella Barberá del Vallés – Barcelona // 0034 937 193 530// alex.duran@alfrisa.com |
Importador 2 | FANDICOSTA, S.A.// Domaio Factoria Pesquera Moaña, Pontevedra// 34 986 326 800// dircom@fandicosta.es |
Importador 3 | PEREIRA PRODUCTOS DEL MAR// Jacinto Benavente 29 Darsena 4 Vigo// 34 986 446 265 // ppm@grupopereira.com |
Importador 4 | GRUPO VIDELA S.A.// Transversal, 2 Mercabarna Barcelona//34 932 626 940//importacion@grupovidela.com |
Importador 5 | LANZAL//Puerto de Vigo - Edificio Portocultura, dársena nº2, oficinas 8-12 Vigo, España//34 986 441 827 //E-mail: info@lanzal.com |
Condiciones de acceso | IVETER Inspección veterinaria (importación) según lo establecido en la Ley 8/2003 (BOE 25-04-2003). SANIM Inspección sanitaria (importación) La importación de animales vivos y productos de origen animal referidos en el R/UE 2019/2007 L-312 (03-12-2019) (CELEX 32009R2007) está sujeta a control oficial en el puesto de inspección en frontera (PIF) de conformidad con el R/UE 2017/625 L-95 (07-04-2017) (CELEX 32017R0625). CONCAL - El control de calidad a la importación será efectuado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). PEIL - Autorización pesquera para control de pesca ilegal según R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (importación y exportación) El despacho a libre práctica está supeditado a la presentación de un certificado de captura, según lo establecido en el R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (CELEX 32008R1005). Dicho documento se consignará en la casilla 44 del DUA con la clave C673. El certificado de captura tendrá que ser presentado a la Secretaría General del Mar, que emitirá la autorización de importación (Código casilla 44 DUA: 1311) o exportación (Código casilla 44 DUA: 1312). Para las mercancías declaradas a las que no se aplica el R/CE 1005/2008 L-286 (29-10-2008) (CELEX 32008R1005), se consignará en la casilla 44 del DUA el código Y927. REGIMEN DE COMERCIO: IMPORTACION: LIBRE IVA 10% Nota: Exención - Estarán exentas del IVA las importaciones definitivas efectuadas en los puertos por los armadores de buques de los productos de pesca que procedan directamente de sus capturas, en el mismo estado en que se capturaron o sometidas operaciones destinadas exclusivamente a preservarlas para su comercialización, tales como limpieza, troceado, clasificación y embalaje, refrigeración, congelación o adición de sal. Dichos productos no deberán haber sido objeto de una entrega previa a la importación. Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992) Derechos Arancelarios: Terceros 15% Nota 1.- Derecho reducido al 0% aplicable dentro de los límites de un contingente arancelario comunitario según R/UE 2020/1706 L-385 (17-11-2020) (CELEX 32020R1706). Orden 09.27604 para P.A. 0303.66.12.10 Documentación que deben acompañar a los Productos de Origen Animal-POA para su importación • Documento Sanitario Común de Entrada para productos de origen animal - CHEDP • Fotocopia de la factura comercial. • Fotocopia del conocimiento de embarque de la partida (aéreo –Air Bill- o marítimo –Bill of Lading). • Fotocopia de la declaración sumaria aduanera, excepto en el caso del teleproceso vía EDI, o de la documentación aduanera presentada. • Ejemplar para la administración del impreso de autoliquidación de la tasa por la realización de los controles veterinarios sobre los productos de origen animal procedentes de terceros países • Original del Certificado Sanitario Oficial (CSO) expedido por la autoridad competente del país de origen que acredite el cumplimiento de los requisitos sanitarios, o • En el caso de productos de la pesca importados directamente de un buque pesquero o congelador, el original del documento firmado por el capitán. Se podrá visualizar mayor información respecto a requisitos para importar productos de terceros países de origen animal (POA) en el siguiente link: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/cont... |
Capítulo: | 07-Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios |
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Características | España importó en general del mundo productos dentro de este capítulo en 2021 por valor de 1.570,52 millones de dólares, con un ligero descenso respecto a lo que importó en 2020, cifrado en 1.576,62 millones de dólares. Los principales mercados proveedores en 2021 fueron Marruecos, Francia y Países Bajos. Argentina se coloca en séptima posición como proveedor en el capítulo. En la partida 0713 Hortalizas de vaina secas desvainadas (legumbres), en 2020, España importó 193,64 millones de dólares del mundo. En 2021, las importaciones de este capítulo fueron de menor cuantía monetaria, 193,74 millones de dólares, evidenciando un cambio de necesidades. Argentina pasó en 2019 de exportar a españa productos bajo esta partida, 0713, por valor de 40,97 millones de dólares a 52,86 millones de dólares en 2020. En 2021 experimentó un descenso significativo volviendo a valores similares a los de 2019, con 43,29 millones de dólares importados por España en 2021. Aún con ese descenso, Argentina sigue dominando el mercado siendo el principal proveedor en esta partida, seguido por Estados Unidos que exportó a España en 2021 productos por valor de 28,87 millones de dólares y Rusia con 27,61 millones de dólares. En la partida de guisantes/arvejas 071310, Argentina poseía en 2020 una pequeña cuota del mercado por valor de 0,05 millones de dólares importados por España y que va en evolución favorable, pasando a los 0,31 millones de dólares en 2021. Sector con un ligero descenso pero con capacidad de crecimiento para algunos países proveedores, pues España importó del mundo este producto por valor de 50,86 millones de dólares en 2020 y 46,23 millones de dólares en 2021. Rusia, Francia y Ucrania fueron los principales proveedores en 2021. En cuanto a la partida 0703 Cebollas, chalotes, ajos, España importó desde Argentina 900.000 dólares el 2020, pasando a 5,52 millones de dólares en 2021. Por lo que se entiende que Argentina se incorporó a la gran demanda que viene despertando esta partida arancelaria en los últimos años y da una respuesta muy favorable. La totalidad de lo importado en esta partida por España de todo el mundo confirma la trayectoria creciente, subiendo ligeramente de 87,75 millones de dólares en 2020 a 104,38 millones de dólares en 2021. Desglosando la partida, destacan como productos los ajos por un lado y las cebollas y chalotes por otro. La partida 070310 Cebollas y chalotes. España importó una totalidad de 48,05 millones de dólares en 2020, viéndose incrementada esta cifra a 61,56 millones de dólares en 2021. Dominaron el mercado, Perú, muy por delante con 27,29 millones de dólares en 2021; seguido de Chile, con 7,52 millones de dólares y Nueva Zelanda, con 5,76 millones de dólares. Argentina no exportó en esta partida nada en 2020 ni en 2021, pese a sí haberlo hecho en 2019 con 0,86 millones de dólares. La partida 070320 Ajos, frescos o refrigerados también se incrementó de 2020, con 14,4 millones de dólares importados por España del total mundo, a 2021, llegando a los 17,45 millones de dólares. Siendo Argentina con bastante diferencia el mayor proveedor, con un incremento de más del 400%, pasando de 0,90 millones de dólares importados en 2020 a 5,52 millones de dólares en 2021. Se observan varias oportunidades comerciales. En la partida 0714 Raíces de mandioca en la que España importó desde Argentina producto por valor de 100.000 dólares en 2020, pero en 2021 pasa a 1,42 millones de dólares. A nivel mundial España importó en 2020 37,76 millones de dólares y 38,44 millones de dólares en 2021. Asimismo, la partida más cuantiosa del capítulo fue la 0701 Patatas (papas), que supuso en 2021 277,33 millones de dólares, evidenciando un significativo descenso respecto a los 316,06 millones de dólares importados en 2020. Los principales mercados proveedores en 2021 fueron Francia, Países Bajos y Reino Unido. Sin embargo, España no importa desde Argentina nada bajo esta partida, estando por tanto el mercado por explorar. |
Factores que favorecen la demanda | La producción de legumbres en España es, hoy por hoy, claramente insuficiente para abastecer a la demanda existente, por lo que recurrir a las importaciones constituye una necesidad para la supervivencia del sector. En 2020 se importaron 58.900 toneladas de lentejas, 68.913 toneladas de alubias y 53.104 toneladas de garbanzos, según los datos de Comercio. Con respecto al año anterior, aumentaron significativamente las compras de lentejas (10.000 toneladas más) y de alubias, mientras que se redujeron las compras de garbanzos. Los principales vendedores de lentejas para el mercado español fueron Canadá, Estados Unidos y Portugal. En el caso de las alubias, las principales partidas provenían de Argentina, Estados Unidos y Canadá, mientras que en el caso de los garbanzos, procedían de Estados Unidos, México y Argentina, principalmente. Durante los últimos cinco años, el consumo de hortalizas frescas ha contado con distintas oscilaciones que suponen un incremento final de 3,9 kilos por persona mientras que el gasto ha experimentado un incremento de 22,7 euros per cápita, con una influencia notable del año 2020 motivada por los efectos de la COVID-19. En el periodo 2016-2020, el consumo más elevado se produjo en el año 2020 (63,9 kilos), mientras que el mayor gasto también tuvo lugar en el ejercicio 2020 (124,7 euros por consumidor). |
Producto | Judías (porotos, alubias, frijoles, fréjoles) común (Phaseolus vulgaris) |
Posición Arancelaria | 071333 |
Reglamentos/Barreras | Principales disposiciones comunitarias y españolas podrán encontrarse en el siguiente link: https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/legislacion/recopilaciones-legis... |
Importador 1 | LEGUMBRES EL MARAGATO, S.L. // Calle Real, 13. 24718 Astorga. León. // 0034 987 603 012 / 2386 // legumbres@elmaragato.com |
Importador 2 | LEGUMBRES PENELAS // Ctra. Villarejo 3, Aptdo. 4. 24350 Veguellina de Orbigo. León. // 0034 987 376055 // penelas@legumbrespenelas.com |
Importador 3 | LEGUMBRES LUENGO, S.A. // Ctra. N-VI, Km. 314 - Pol. Vía de la Plata. 24794 Riego de la vega. León. // 0034 987 605 918 // comercial@legumbresluengo.es |
Importador 4 | HERMANOS CUEVAS, S.A. // Ctra. de Arnedo, Km.1. 26560 Autol. La Rioja. // 00 34 941 390016 // picuezo@picuezo.es comercial@picuezo.es |
Importador 5 | LEGUMBRES LA COCHURA, S.A. // Ctra. Madrid - Valencia km. 82,6. 16400 Tarancón. Cuenca. // 0034 969 324 408 // lacochura@lacochura.com |
Condiciones de acceso | SANIM - No están sujetos a inspección sanitaria a la importación los productos de origen no animal originarios o procedentes de Andorra, Islandia, Islas Feroe, Liechtenstein, Noruega, San Marino y Suiza según el Anexo I de la Orden 20-01-1994 (BOE 04-02-1994). Régimen de Comercio Importación: L Libre IVA 4% Nota: 4% - Este tipo se aplica a las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario. Tendrán consideración de frutas aquellas que, de conformidad con el Código Alimentario, sean frutas naturales carnosas, secas u oleaginosas. Se excluyen las frutas secas que hayan sido sometidas a algún tipo de transformación, especialmente, a procesos de tostado, asado, etc. No se consideran procesos de transformación, los actos de mera conservación de los bienes, tales como el refrigerado, congelación, secado, limpieza, embalaje o acondicionamiento, descascarado, descortezado, astillado, troceado, desinfección o desinsectación. 10% - Tipo impositivo aplicable al resto de productos. Base normativa: Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992), Resolución 2/1998 (BOE 26-05-1998), Real Decreto 1624/1992 (BOE 31-12-1992)(Cap. III, Art. 45) y Decreto 2484/1967 (BOE 17-10-1967) Derechos Arancelarios: Terceros 0% Requisitos y documentación para importaciones de productos de origen no animal (PONA) https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/cont... |
Producto | Garbanzos |
Posición Arancelaria | 071320 |
Reglamentos/Barreras | Principales disposiciones comunitarias y españolas podrán encontrarse en el siguiente link: https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/legislacion/recopilaciones-legis... |
Importador 1 | LEGUMBRES EL MARAGATO, S.L. // Calle Real, 13. 24718 Astorga. León. // 0034 987 603 012 / 2386 // legumbres@elmaragato.com |
Importador 2 | LEGUMBRES PENELAS // Ctra. Villarejo 3, Aptdo. 4. 24350 Veguellina de Orbigo. León. // 0034 987 376055 // penelas@legumbrespenelas.com |
Importador 3 | LEGUMBRES LUENGO, S.A. // Ctra. N-VI, Km. 314 - Pol. Vía de la Plata. 24794 Riego de la vega. León. // 0034 987 605 918 // comercial@legumbresluengo.es |
Importador 4 | HERMANOS CUEVAS, S.A. // Ctra. de Arnedo, Km.1. 26560 Autol. La Rioja. // 00 34 941 390016 // picuezo@picuezo.es comercial@picuezo.es |
Importador 5 | LEGUMBRES LA COCHURA, S.A. // Ctra. Madrid - Valencia km. 82,6. 16400 Tarancón. Cuenca. // 0034 969 324 408 // lacochura@lacochura.com |
Condiciones de acceso | SANIM - No están sujetos a inspección sanitaria a la importación los productos de origen no animal originarios o procedentes de Andorra, Islandia, Islas Feroe, Liechtenstein, Noruega, San Marino y Suiza según el Anexo I de la Orden 20-01-1994 (BOE 04-02-1994). Régimen de Comercio Importación: L Libre IVA 4% Nota: 4% - Este tipo se aplica a las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario. Tendrán consideración de frutas aquellas que, de conformidad con el Código Alimentario, sean frutas naturales carnosas, secas u oleaginosas. Se excluyen las frutas secas que hayan sido sometidas a algún tipo de transformación, especialmente, a procesos de tostado, asado, etc. No se consideran procesos de transformación, los actos de mera conservación de los bienes, tales como el refrigerado, congelación, secado, limpieza, embalaje o acondicionamiento, descascarado, descortezado, astillado, troceado, desinfección o desinsectación. 10% - Tipo impositivo aplicable al resto de productos. Base normativa: Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992), Resolución 2/1998 (BOE 26-05-1998), Real Decreto 1624/1992 (BOE 31-12-1992)(Cap. III, Art. 45) y Decreto 2484/1967 (BOE 17-10-1967) Derechos Arancelarios: Terceros 0% Requisitos y documentación para importaciones de productos de origen no animal (PONA) https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/cont... |
Producto | Guisantes (arvejas, chícharos) (Pisum sativum) |
Posición Arancelaria | 071310 |
Reglamentos/Barreras | Principales disposiciones comunitarias y españolas podrán encontrarse en el siguiente link: https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/legislacion/recopilaciones-legis... |
Importador 1 | BURCOL – LEGUMBRES BURCOL S.L. // Calle Francisca Medina y Mendoza, Parcela 22 A Pol. Ind. Cabanillas 19171 Cabanillas del Campo - Guadalajara//0034 949 208 119//info@legumbresburcol.com |
Importador 2 | LEGUMBRES PENELAS // Ctra. Villarejo 3, Aptdo. 4. 24350 Veguellina de Orbigo. León. // 0034 987 376055 // penelas@legumbrespenelas.com |
Importador 3 | LEGUMBRES LUENGO, S.A. // Ctra. N-VI, Km. 314 - Pol. Vía de la Plata. 24794 Riego de la vega. León. // 0034 987 605 918 // comercial@legumbresluengo.es |
Importador 4 | HERMANOS CUEVAS, S.A. // Ctra. de Arnedo, Km.1. 26560 Autol. La Rioja. // 00 34 941 390016 // picuezo@picuezo.es comercial@picuezo.es |
Importador 5 | LEGUMBRES LA COCHURA, S.A. // Ctra. Madrid - Valencia km. 82,6. 16400 Tarancón. Cuenca. // 0034 969 324 408 // lacochura@lacochura.com |
Condiciones de acceso | IVETER - Control Veterinario a la importación según lo establecido en la Ley 8/2003 (BOE 25-04-2003). IVETER - Estos productos deberán ser inspeccionados por Sanidad Animal, si los productos van destinados a la alimentación animal. SANIM - No están sujetos a inspección sanitaria a la importación los productos de origen no animal originarios o procedentes de Andorra, Islandia, Islas Feroe, Liechtenstein, Noruega, San Marino y Suiza según el Anexo I de la Orden 20-01-1994 (BOE 04-02-1994). Régimen de Comercio Importación: L Libre IVA 4% Nota: 4% - Este tipo se aplica a las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario. Tendrán consideración de frutas aquellas que, de conformidad con el Código Alimentario, sean frutas naturales carnosas, secas u oleaginosas. Se excluyen las frutas secas que hayan sido sometidas a algún tipo de transformación, especialmente, a procesos de tostado, asado, etc. No se consideran procesos de transformación, los actos de mera conservación de los bienes, tales como el refrigerado, congelación, secado, limpieza, embalaje o acondicionamiento, descascarado, descortezado, astillado, troceado, desinfección o desinsectación. 10% - Tipo impositivo aplicable al resto de productos. Base normativa: Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992), Resolución 2/1998 (BOE 26-05-1998), Real Decreto 1624/1992 (BOE 31-12-1992)(Cap. III, Art. 45) y Decreto 2484/1967 (BOE 17-10-1967) Derechos Arancelarios: Terceros 0% Requisitos y documentación para importaciones de productos de origen no animal (PONA) https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/cont... |
Producto | Ajos |
Posición Arancelaria | 070320 |
Reglamentos/Barreras | Principales disposiciones comunitarias y españolas podrán encontrarse en el siguiente link: https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/legislacion/Legislacion-produccio... |
Importador 1 | AJOS Y CEBOLLAS DE LA FUENTE SL // Polígono 13 Parcela 42, Zarza de Tajo 16470 Cuenca // 00 34 606 406 565 // fran@grupolomar.es |
Importador 2 | CEBOLLAS Y AJOS BASILIO // Ctra. Chichón - Belmonte de Tajo, 63. 28019 Madrid // 0034 91 894 91 07 // basilio@cebollayajo.com |
Importador 3 | A.G. VILLODRE, S.L. // Avenida de Juan García y González 02630 La Roda - Albacete. // 0034 967 440 126 // info@antogar.com |
Importador 4 | AMEFRUITS // Calle K, nº1 Polígono Industrial Puente Alto 03317 Orihuela (Alicante) // 0034 966 740 393 // amefruits@amefruits.com |
Importador 5 | VALENFRUIT // Av. Ribera Alta 46293 -Alcántara del Xuqer. Valencia // 0034 962 580 430 // valenfruit3@gmail.com |
Condiciones de acceso | SOVEX - El control de calidad a la exportación no se aplicará cuando los productos estén destinados a la siembra, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). CONCAL - El control de calidad a la importación no se aplicará cuando los productos estén destinados a la siembra, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). FITIN - La inspección fitosanitaria se aplicará a la importación de productos procedentes de Terceros países, con exclusión de Ceuta y Melilla. Las importaciones originarias de Líbano, Irán, Vietnam, Emiratos Arabes Unidos, Malasia y Taiwán están sujetas a la presentación de un certificado de origen (código casilla 44 del DUA U004) y documentos justificativos del transporte directo, en las condiciones previstas en el R/CE 341/2007 L-90 (30-03-2007) (CELEX 32007R0341). VU: 179,39 Eur/100 Kg. Precio unitario aplicable desde el 18-03-2022 hasta el 31-03-2022 a mercancías perecederas importadas en el régimen comercial de la venta en consignación conforme al artículo 74, apartado 2, letra c), del CAU. SANIM (Productos terminados) - La inspección sanitaria a la importación sólo afectan a los productos totalmente terminados y dispuestos para uso o consumo humano, según el Anexo I de la Orden 20-01-1994 (BOE 04-02-1994). Se considera producto totalmente terminado y dispuesto para uso o consumo humano, el producto que, por su forma de presentación, estado de conservación o por su volumen o cantidad es susceptible de comercializarse directamente al consumidor final sin someterse a una ulterior transformación, procesado, envasado, embalado, reenvasado o reembalado a nivel industrial. Por tanto, no tendrá la consideración de producto totalmente terminado y dispuesto para su uso o consumo, el producto importado con fines exclusivamente industriales, farmacéuticos o técnicos. SANIM - No están sujetos a inspección sanitaria a la importación los productos de origen no animal originarios o procedentes de Andorra, Islandia, Islas Feroe, Liechtenstein, Noruega, San Marino y Suiza según el Anexo I de la Orden 20-01-1994 (BOE 04-02-1994). Régimen de Comercio Importación: L Libre IVA 4% Nota: 4% - Este tipo se aplica a las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario. Tendrán consideración de frutas aquellas que, de conformidad con el Código Alimentario, sean frutas naturales carnosas, secas u oleaginosas. Se excluyen las frutas secas que hayan sido sometidas a algún tipo de transformación, especialmente, a procesos de tostado, asado, etc. No se consideran procesos de transformación, los actos de mera conservación de los bienes, tales como el refrigerado, congelación, secado, limpieza, embalaje o acondicionamiento, descascarado, descortezado, astillado, troceado, desinfección o desinsectación. 10% - Tipo impositivo aplicable al resto de productos. Base normativa: Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992), Resolución 2/1998 (BOE 26-05-1998), Real Decreto 1624/1992 (BOE 31-12-1992)(Cap. III, Art. 45) y Decreto 2484/1967 (BOE 17-10-1967) Derechos Arancelarios: Terceros 9,6% + 120Eur.QN Derecho aplicable según Decisión 2001/404/CE L-142 (29-05-2001) (CELEX 32001D0404). Para más información contactar con el Dpto. de Normativa Aduanera y Comercio Internacional de TARIC S.A.U. AR (Argentina) 9,6% - 09.4099 El derecho reducido aplicable dentro de los límites de un contingente arancelario comunitario, abierto para nuevos importadores, cuyo beneficio se concede por medio del certificado de importación, según R/UE 2020/761 L-185 (12-06-2020) (CELEX 32020R0761). CONVOCATORIAS Orden: 09.4099 Referencia: R/CE 761/20 D.O.C.E. L-185 12-06-20 Desde: 01-06-21 Hasta: 31-05-22 Derechos Arancelarios: Terceros 9,6% + 120Eur.QN Derecho aplicable según Decisión 2001/404/CE L-142 (29-05-2001) (CELEX 32001D0404). Para más información contactar con el Dpto. de Normativa Aduanera y Comercio Internacional de TARIC S.A.U. AR (Argentina) 9,6% - 09.4104 El derecho reducido aplicable dentro de los límites de un contingente arancelario comunitario, abierto para nuevos importadores, cuyo beneficio se concede por medio del certificado de importación, según R/UE 2020/761 L-185 (12-06-2020) (CELEX 32020R0761). CONVOCATORIAS Orden: 09.4104 Referencia: R/CE 761/20 D.O.C.E. L-185 12-06-20 Desde: 01-06-21 Hasta: 31-05-22 Requisitos y documentación para importaciones de productos de origen no animal (PONA) https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/cont... |
Producto | Cebollas frescas |
Posición Arancelaria | 070310 |
Reglamentos/Barreras | Principales disposiciones comunitarias y españolas podrán encontrarse en el siguiente link: https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/legislacion/Legislacion-produccio... |
Importador 1 | AJOS Y CEBOLLAS DE LA FUENTE SL // Polígono 13 Parcela 42, Zarza de Tajo 16470 Cuenca // 00 34 606 406 565 // fran@grupolomar.es |
Importador 2 | CEBOLLAS Y AJOS BASILIO // Ctra. Chichón - Belmonte de Tajo, 63. 28019 Madrid // 0034 91 894 91 07 // basilio@cebollayajo.com |
Importador 3 | A.G. VILLODRE, S.L. // Avenida de Juan García y González 02630 La Roda - Albacete. // 0034 967 440 126 // info@antogar.com |
Importador 4 | AMEFRUITS // Calle K, nº1 Polígono Industrial Puente Alto 03317 Orihuela (Alicante) // 0034 966 740 393 // amefruits@amefruits.com |
Importador 5 | VALENFRUIT // Av. Ribera Alta 46293 -Alcántara del Xuqer. Valencia // 0034 962 580 430 // valenfruit3@gmail.com |
Condiciones de acceso | FITIN - La inspección fitosanitaria se aplicará a la importación de productos procedentes de Terceros países, con exclusión de Ceuta y Melilla. CONCAL - El control de calidad a la importación será efectuado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). SOVEX - Las exportaciones de esta partida están sujetas al control de calidad. Dicho control es realizado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). VU: 12,82 Eur/100 Kg. Precio unitario aplicable desde el 18-03-2022 hasta el 31-03-2022 a mercancías perecederas importadas en el régimen comercial de la venta en consignación conforme al artículo 74, apartado 2, letra c), del CAU. SANIM (Productos terminados) - La inspección sanitaria a la importación sólo afectan a los productos totalmente terminados y dispuestos para uso o consumo humano, según el Anexo I de la Orden 20-01-1994 (BOE 04-02-1994). Se considera producto totalmente terminado y dispuesto para uso o consumo humano, el producto que, por su forma de presentación, estado de conservación o por su volumen o cantidad es susceptible de comercializarse directamente al consumidor final sin someterse a una ulterior transformación, procesado, envasado, embalado, reenvasado o reembalado a nivel industrial. Por tanto, no tendrá la consideración de producto totalmente terminado y dispuesto para su uso o consumo, el producto importado con fines exclusivamente industriales, farmacéuticos o técnicos. SANIM - No están sujetos a inspección sanitaria a la importación los productos de origen no animal originarios o procedentes de Andorra, Islandia, Islas Feroe, Liechtenstein, Noruega, San Marino y Suiza según el Anexo I de la Orden 20-01-1994 (BOE 04-02-1994). Esta partida y todas las de su misma numeración comparten código Taric, pudiendo estar sujetas a diferentes medidas arancelarias. Régimen de Comercio Importación: L Libre IVA 4% Nota: 4% - Este tipo se aplica a las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario. Tendrán consideración de frutas aquellas que, de conformidad con el Código Alimentario, sean frutas naturales carnosas, secas u oleaginosas. Se excluyen las frutas secas que hayan sido sometidas a algún tipo de transformación, especialmente, a procesos de tostado, asado, etc. No se consideran procesos de transformación, los actos de mera conservación de los bienes, tales como el refrigerado, congelación, secado, limpieza, embalaje o acondicionamiento, descascarado, descortezado, astillado, troceado, desinfección o desinsectación. 10% - Tipo impositivo aplicable al resto de productos. Base normativa: Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992), Resolución 2/1998 (BOE 26-05-1998), Real Decreto 1624/1992 (BOE 31-12-1992)(Cap. III, Art. 45) y Decreto 2484/1967 (BOE 17-10-1967) Derechos Arancelarios: Terceros 9,6% Requisitos y documentación para importaciones de productos de origen no animal (PONA) https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/cont... |
Capítulo: | 08-Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías |
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Características | España es el primer exportador de la UE y uno de los tres primeros exportadores mundiales junto con China y Estados Unidos. La exportación entre los Estados miembros de la UE bajó ligeramente en 2020. Se exportaron cerca de 38 millones de toneladas, de los cuales 33 millones son comercio intracomunitario y el resto, exportaciones a países terceros. Dentro de las frutas, las principales partidas del comercio intracomunitario fueron las bananas (casi 3 millones de toneladas) y las naranjas. Por su lado, a países terceros se vendieron especialmente manzanas. La importación de fruta en 2021 se elevó a 2 millones de toneladas (+9%) y 2.372 millones de euros (+6,7%), destacando el fuerte crecimiento del aguacate con un 22% más en volumen y un 20% más en valor, ascendiendo a 214.202 toneladas y 412 millones de euros. De igual modo han aumentado fuertemente en 2021 las importaciones de plátano, con 368.770 toneladas (+14%) y 201 millones de euros (+12,5%); de kiwi, con 158.323 toneladas (+15%) y 263 millones de euros (+12,5%) y de piña con 170.379 toneladas (+12,5%) y 116 millones de euros (+8%). Resalta también la manzana, ya que, aunque con crecimientos menores, del 3% en volumen y valor, es una de las frutas más compradas al exterior con 184.631 toneladas y 156 millones de euros. Dentro de la partida 0805 Agrios (cítricos), las importaciones desde Argentina a España se han visto tan reducidas que casi desaparecen, reduciéndose de 2019, con importaciones por valor de 55,02 millones de dólares, a 2020, con importaciones por valor de 27,22 millones de dólares, en un 50%. En 2021 España importó desde Argentina 3.02 millones de dólares. Existe una necesidad de recuperar la cuota de mercado perdida. Aunque viendo las cifras generales de esta partida procedentes de todo el mundo, España importó menos en 2021 que en 2020, pasando de 292,47 millones de dólares a 246 millones de dólares. Siendo los principales proveedores en 2021 Sudáfrica, con 52 millones de dólares; Portugal, con 43,93 millones de dólares y Países Bajos, con 35,91 millones de dólares. En lo que respecta a la partida 081040 Arándanos rojos, las importaciones de España de este producto procedentes de todo el mundo han aumentado, pasando de os 180,49 millones de dólares de 2020 a importar productos por valor de 215,72 millones de dólares en 2021. Los principales países de procedencia son Marruecos, con 167,40 millones de dólares exportados a España; Perú, con 13,59 millones de dólares, y Países Bajos, con 8,07 millones de dólares. Argentina ha visto ligeramente aumentadas sus exportaciones a España, pasando de 3,35 millones de dólares en 2020 a 3,69 millones de dólares en 2021. Se observa una gran oportunidad comercial ya que la demanda de España de este producto es enorme y es Marruecos quien se lleva la transacción comercial por volumen y cuantía. En la partida correspondiente las ciruelas, la 081320, España importó productos procedentes de todo el mundo por valor de 18,04 millones de dólares en 2020, con un ligero aumento en las importaciones de 2021 que ascendieron a 22,71 millones de dólares. Lo países principales proveedores en 2021 fueron Francia, con 9,49 millones de dólares; Chile, con 8,34 millones de dólares, y Argentina, con 3,68 millones de dólares. Por lo que se observa que la Argentina aún tiene posibilidades para crecer en su cuota de mercado, ya que pasó de exportar a España 2,97 millones de dólares en 2020 a los 3,68 millones de dólares de 2021. En cuanto a las partidas 080920, 080921 y 080929, que recopilan las cerezas, España disminuyó sus importaciones procedentes de todo el mundo pasando de los 19,67 millones de dólares importados en 2020 a 15,01 millones de dólares en 2021. Los principales países proveedores en 2021 fueron Chile, con 6,73 millones de dólares; Argentina, con 3,78 millones de dólares, y Grecia con menos de un millón de dólares (0,72). Sin embargo, pese a la disminución de las importaciones de este producto por parte de España, Argentina logró mantener su cuota de mercado, dado que en 2020 exportó a España producto de este capítulo por valor de 3,73 millones de dólares y en 2021 por valor de 3,78 millones de dólares. Por tanto, hay capacidad de crecimiento aún. Por último, la partida 080830 correspondiente a las peras, aumentó en cuanto a las importaciones totales de este producto que realizó España con procedencia de todos los países en 2021, pasando de 57,85 millones de dólares importados en 2020 a 80,61 millones de dólares en 2021. Los principales proveedores en 2021 fueron Bélgica, con producto por valor de 29,92 millones de dólares; Chile, con 19,85 millones de dólares, y Países Bajos con 19,03 millones de dólares. Argentina se sitúa en quinta posición como proveedor, con 1,34 millones de dólares, una merma en sus exportaciones de este capítulo a España, pues en 2020 exportó producto por valor de 2,10 millones de dólares. Por lo tanto, esta es una partida en la que se puede trabajar para aumentar la cuota de mercado de la Argentina. |
Factores que favorecen la demanda | Durante los últimos cinco años, el consumo de frutas frescas se ha estabilizado, aunque en el año 2020 se ha producido un repunte motivado por los efectos de la COVID-19 (respecto al año anterior, crece 8,8 kilos por persona y el gasto se ha incrementado en 30,2 euros per cápita). En el periodo 2016-2020, el consumo y el gasto más elevados se produjeron en el año 2020 (99,7 kilos y 170,5 euros por consumidor). En la familia de frutas frescas, la evolución del consumo per cápita durante el periodo 2016-2020 ha sido bastante pareja en todos los tipos de productos a excepción del notable incremento en las frutas de IV gama. Respecto a la demanda de 2016, en el consumo de plátanos, manzanas y naranjas se produce un ascenso. En cuanto al lugar de compra, en 2020 los hogares recurrieron mayoritariamente para realizar sus adquisiciones de frutas frescas a los supermercados (46,0% de cuota de mercado). Los establecimientos especializados alcanzan en estos productos una cuota del 31,9%, mientras que el hipermercado concentra el 8,7%. El autoconsumo, por su parte, acapara el 4,8%, mientras que los mercadillos suponen el 3,4%. Las otras formas comerciales representan el 5,2% restante. |
Producto | LIMONES |
Posición Arancelaria | 0805 |
Reglamentos/Barreras | De forma general, el régimen de importación para frutas y hortalizas es de libertad comercial. Para conocer la normativa vigente se pueden consultar los siguientes sitios: https://comercio.gob.es/ImportacionExportacion/Regimenes/Paginas/resulta... https://comercio.gob.es/ImportacionExportacion/Regimenes/Paginas/informa... https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/legislacion/Legislacion-produccio... |
Importador 1 | ONUBAFRUIT // P.E Mirador del Odiel. C/ Lentisco s/n Portal 3, Of.17 (Avenida Francisco Montenegro) (Huelva) // 0034 959 540 844 // pedidos@onubafruit.com |
Importador 2 | NAÑEZ PEREZ // Mercamadrid, nave E, puestos 4 y 6 // 0034 91 785 6600 // nanezperez@gmail.com /administracion@nanezperez.es |
Importador 3 | PALACIOS ROCA // MercaMadrid Puestos Nave B, 5 a 13 ı Plat. Aux. F 3, Móds. 1 a 6 // 0034 917856196 // ddomingo@palaciosroca.com //comercial@palaciosroca.com |
Importador 4 | TORRES HERMANOS // Pol Industrial Agrícola Nª2 (Castellón) // 0034 962 610 016 // rboix@naranjastorres.com/ torres@naranjastorres.com |
Importador 5 | CENTRIMERCA // Carretera Villaverde a Vallecas Km 3,800 Nave C 16-18-20 (Madrid) // 0034 917 854 902 // centrimerca@centrimerca.es / josesanz@centrimerca.es |
Condiciones de acceso | FITCAN - La importación/introducción de vegetales y productos vegetales en Canarias, está sujeto a inspección Fitosanitaria según la Orden 12-03-1987 (BOE 25-03-1987). Esto implica, que las expediciones de Península a Canarias, tendrán que ir acompañadas de un Certificado fitosanitario expedido en origen. Producto al que se aplica un precio de entrada según el Arancel Aduanero Común. Como valor en aduana se utilizará el valor de importación a tanto alzado calculado por la Comisión, o bien, se determinará de acuerdo con el valor de transacción según lo establecido en el Título III del R/UE 2017/891 L-138 (25-05-2017) (CELEX 32017R0891). FITIN - La inspección fitosanitaria se aplicará a la importación en Península y Baleares de productos procedentes de Terceros países y en Canarias a productos de cualquier procedencia. CONCAL - El control de calidad a la importación será efectuado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). TFITIN - Este control se aplicará en Península y Baleares a productos procedentes de Terceros países y en Canarias a productos de cualquier procedencia. SOVEX - Las exportaciones de esta partida están sujetas al control de calidad. Dicho control es realizado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). REGIMEN DE COMERCIO: IMPORTACION: LIBRE IVA 4% Nota: 4% - Este tipo se aplica a las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario. Tendrán consideración de frutas aquellas que, de conformidad con el Código Alimentario, sean frutas naturales carnosas, secas u oleaginosas. Se excluyen las frutas secas que hayan sido sometidas a algún tipo de transformación, especialmente, a procesos de tostado, asado, etc. No se consideran procesos de transformación, los actos de mera conservación de los bienes, tales como el refrigerado, congelación, secado, limpieza, embalaje o acondicionamiento, descascarado, descortezado, astillado, troceado, desinfección o desinsectación. Base normativa: Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992), Resolución 2/1998 (BOE 26-05-1998), Real Decreto 1624/1992 (BOE 31-12-1992)(Cap. III, Art. 45) y Decreto 2484/1967 (BOE 17-10-1967) Derechos Arancelarios: Terceros 6.4% Podrá aplicarse un derecho de importación adicional si las cantidades despachadas a libre práctica de este producto exceden del volumen de activación según lo establecido en el R/UE 2017/892 L-138 (25-05-2017) (CELEX 32017R0892). |
Producto | ARANDANOS |
Posición Arancelaria | 0810 |
Reglamentos/Barreras | De forma general, el régimen de importación para frutas y hortalizas es de libertad comercial. Para conocer la normativa vigente se pueden consultar los siguientes sitios: https://comercio.gob.es/ImportacionExportacion/Regimenes/Paginas/resulta... https://comercio.gob.es/ImportacionExportacion/Regimenes/Paginas/informa... https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/legislacion/Legislacion-produccio... |
Importador 1 | ONUBAFRUIT // P.E Mirador del Odiel. C/ Lentisco s/n Portal 3, Of.17 (Avenida Francisco Montenegro) (Huelva) // 0034 959 540 844 // pedidos@onubafruit.com |
Importador 2 | NAÑEZ PEREZ // Mercamadrid, nave E, puestos 4 y 6 // 0034 91 785 6600 // nanezperez@gmail.com /administracion@nanezperez.es |
Importador 3 | PALACIOS ROCA // MercaMadrid Puestos Nave B, 5 a 13 ı Plat. Aux. F 3, Móds. 1 a 6 // 0034 917856196 // ddomingo@palaciosroca.com //comercial@palaciosroca.com |
Importador 4 | TORRES HERMANOS // Pol Industrial Agrícola Nª2 (Castellón) // 0034 962 610 016 // rboix@naranjastorres.com/ torres@naranjastorres.com |
Importador 5 | CENTRIMERCA // Carretera Villaverde a Vallecas Km 3,800 Nave C 16-18-20 (Madrid) // 0034 917 854 902 // centrimerca@centrimerca.es / josesanz@centrimerca.es |
Condiciones de acceso | FITCAN - La importación/introducción de vegetales y productos vegetales en Canarias, está sujeto a inspección Fitosanitaria según la Orden 12-03-1987 (BOE 25-03-1987). Esto implica, que las expediciones de Península a Canarias, tendrán que ir acompañadas de un Certificado fitosanitario expedido en origen. Producto al que se aplica un precio de entrada según el Arancel Aduanero Común. Como valor en aduana se utilizará el valor de importación a tanto alzado calculado por la Comisión, o bien, se determinará de acuerdo con el valor de transacción según lo establecido en el Título III del R/UE 2017/891 L-138 (25-05-2017) (CELEX 32017R0891). FITIN - La inspección fitosanitaria se aplicará a la importación en Península y Baleares de productos procedentes de Terceros países y en Canarias a productos de cualquier procedencia. CONCAL - El control de calidad a la importación será efectuado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). TFITIN - Este control se aplicará en Península y Baleares a productos procedentes de Terceros países y en Canarias a productos de cualquier procedencia. SOVEX - Las exportaciones de esta partida están sujetas al control de calidad. Dicho control es realizado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). REGIMEN DE COMERCIO: IMPORTACION: LIBRE IVA 4% Nota: 4% - Este tipo se aplica a las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario. Tendrán consideración de frutas aquellas que, de conformidad con el Código Alimentario, sean frutas naturales carnosas, secas u oleaginosas. Se excluyen las frutas secas que hayan sido sometidas a algún tipo de transformación, especialmente, a procesos de tostado, asado, etc. No se consideran procesos de transformación, los actos de mera conservación de los bienes, tales como el refrigerado, congelación, secado, limpieza, embalaje o acondicionamiento, descascarado, descortezado, astillado, troceado, desinfección o desinsectación. Base normativa: Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992), Resolución 2/1998 (BOE 26-05-1998), Real Decreto 1624/1992 (BOE 31-12-1992)(Cap. III, Art. 45) y Decreto 2484/1967 (BOE 17-10-1967) Derechos Arancelarios: Terceros 3.2% |
Producto | CIRUELAS |
Posición Arancelaria | 081320 |
Reglamentos/Barreras | De forma general, el régimen de importación para frutas y hortalizas es de libertad comercial. Para conocer la normativa vigente se pueden consultar los siguientes sitios: https://comercio.gob.es/ImportacionExportacion/Regimenes/Paginas/resulta... https://comercio.gob.es/ImportacionExportacion/Regimenes/Paginas/informa... https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/legislacion/Legislacion-produccio... |
Importador 1 | ONUBAFRUIT // P.E Mirador del Odiel. C/ Lentisco s/n Portal 3, Of.17 (Avenida Francisco Montenegro) (Huelva) // 0034 959 540 844 // pedidos@onubafruit.com |
Importador 2 | NAÑEZ PEREZ // Mercamadrid, nave E, puestos 4 y 6 // 0034 91 785 6600 // nanezperez@gmail.com /administracion@nanezperez.es |
Importador 3 | PALACIOS ROCA // MercaMadrid Puestos Nave B, 5 a 13 ı Plat. Aux. F 3, Móds. 1 a 6 // 0034 917856196 // ddomingo@palaciosroca.com //comercial@palaciosroca.com |
Importador 4 | TORRES HERMANOS // Pol Industrial Agrícola Nª2 (Castellón) // 0034 962 610 016 // rboix@naranjastorres.com/ torres@naranjastorres.com |
Importador 5 | CENTRIMERCA // Carretera Villaverde a Vallecas Km 3,800 Nave C 16-18-20 (Madrid) // 0034 917 854 902 // centrimerca@centrimerca.es / josesanz@centrimerca.es |
Condiciones de acceso | FITCAN - La importación/introducción de vegetales y productos vegetales en Canarias, está sujeto a inspección Fitosanitaria según la Orden 12-03-1987 (BOE 25-03-1987). Esto implica, que las expediciones de Península a Canarias, tendrán que ir acompañadas de un Certificado fitosanitario expedido en origen. TFITIN - Este control se aplicará en Península y Baleares a productos procedentes de Terceros países y en Canarias a productos de cualquier procedencia. PROBIM (Importación de Corea del Norte) - Prohibición de importación en la UE de determinados productos según lo establecido en el R/UE 2017/1509 L-224 (31-08-2017) (CELEX 32017R1509). El tránsito de vegetales y productos vegetales, está sujeto a inspección Fitosanitaria según Real Decreto 58/2005 (BOE 22-01-2005). REGIMEN DE COMERCIO: IMPORTACION: LIBRE IVA 4% Nota: 4% - Este tipo se aplica a las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario. Tendrán consideración de frutas aquellas que, de conformidad con el Código Alimentario, sean frutas naturales carnosas, secas u oleaginosas. Se excluyen las frutas secas que hayan sido sometidas a algún tipo de transformación, especialmente, a procesos de tostado, asado, etc. No se consideran procesos de transformación, los actos de mera conservación de los bienes, tales como el refrigerado, congelación, secado, limpieza, embalaje o acondicionamiento, descascarado, descortezado, astillado, troceado, desinfección o desinsectación. 10% - Tipo impositivo aplicable al resto de productos. Base normativa: Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992), Resolución 2/1998 (BOE 26-05-1998), Real Decreto 1624/1992 (BOE 31-12-1992)(Cap. III, Art. 45) y Decreto 2484/1967 (BOE 17-10-1967) Derechos Arancelarios: Terceros 9.6% |
Producto | CEREZAS |
Posición Arancelaria | 080929 |
Reglamentos/Barreras | De forma general, el régimen de importación para frutas y hortalizas es de libertad comercial. Para conocer la normativa vigente se pueden consultar los siguientes sitios: https://comercio.gob.es/ImportacionExportacion/Regimenes/Paginas/resulta... https://comercio.gob.es/ImportacionExportacion/Regimenes/Paginas/informa... https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/legislacion/Legislacion-produccio... |
Importador 1 | ONUBAFRUIT // P.E Mirador del Odiel. C/ Lentisco s/n Portal 3, Of.17 (Avenida Francisco Montenegro) (Huelva) // 0034 959 540 844 // pedidos@onubafruit.com |
Importador 2 | NAÑEZ PEREZ // Mercamadrid, nave E, puestos 4 y 6 // 0034 91 785 6600 // nanezperez@gmail.com /administracion@nanezperez.es |
Importador 3 | PALACIOS ROCA // MercaMadrid Puestos Nave B, 5 a 13 ı Plat. Aux. F 3, Móds. 1 a 6 // 0034 917856196 // ddomingo@palaciosroca.com //comercial@palaciosroca.com |
Importador 4 | TORRES HERMANOS // Pol Industrial Agrícola Nª2 (Castellón) // 0034 962 610 016 // rboix@naranjastorres.com/ torres@naranjastorres.com |
Importador 5 | CENTRIMERCA // Carretera Villaverde a Vallecas Km 3,800 Nave C 16-18-20 (Madrid) // 0034 917 854 902 // centrimerca@centrimerca.es / josesanz@centrimerca.es |
Condiciones de acceso | FITCAN - La importación/introducción de vegetales y productos vegetales en Canarias, está sujeto a inspección Fitosanitaria según la Orden 12-03-1987 (BOE 25-03-1987). Esto implica, que las expediciones de Península a Canarias, tendrán que ir acompañadas de un Certificado fitosanitario expedido en origen. FITIN - La inspección fitosanitaria se aplicará a la importación en Península y Baleares de productos procedentes de Terceros países y en Canarias a productos de cualquier procedencia. CONCAL - El control de calidad a la importación será efectuado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). TFITIN - Este control se aplicará en Península y Baleares a productos procedentes de Terceros países y en Canarias a productos de cualquier procedencia. SOVEX - Las exportaciones de esta partida están sujetas al control de calidad. Dicho control es realizado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). El tránsito de vegetales y productos vegetales, está sujeto a inspección Fitosanitaria según Real Decreto 58/2005 (BOE 22-01-2005). Esta partida y todas las de su misma numeración comparten código Taric, pudiendo estar sujetas a diferentes medidas arancelarias. REGIMEN DE COMERCIO: IMPORTACION: LIBRE IVA 4% Nota: 4% - Este tipo se aplica a las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario. Tendrán consideración de frutas aquellas que, de conformidad con el Código Alimentario, sean frutas naturales carnosas, secas u oleaginosas. Se excluyen las frutas secas que hayan sido sometidas a algún tipo de transformación, especialmente, a procesos de tostado, asado, etc. No se consideran procesos de transformación, los actos de mera conservación de los bienes, tales como el refrigerado, congelación, secado, limpieza, embalaje o acondicionamiento, descascarado, descortezado, astillado, troceado, desinfección o desinsectación. 10% - Tipo impositivo aplicable al resto de productos. Base normativa: Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992), Resolución 2/1998 (BOE 26-05-1998), Real Decreto 1624/1992 (BOE 31-12-1992)(Cap. III, Art. 45) y Decreto 2484/1967 (BOE 17-10-1967) Derechos Arancelarios: Terceros 12% |
Producto | PERAS |
Posición Arancelaria | 080830 |
Reglamentos/Barreras | De forma general, el régimen de importación para frutas y hortalizas es de libertad comercial. Para conocer la normativa vigente se pueden consultar los siguientes sitios: https://comercio.gob.es/ImportacionExportacion/Regimenes/Paginas/resulta... https://comercio.gob.es/ImportacionExportacion/Regimenes/Paginas/informa... https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/legislacion/Legislacion-produccio... |
Importador 1 | ONUBAFRUIT // P.E Mirador del Odiel. C/ Lentisco s/n Portal 3, Of.17 (Avenida Francisco Montenegro) (Huelva) // 0034 959 540 844 // pedidos@onubafruit.com |
Importador 2 | NAÑEZ PEREZ // Mercamadrid, nave E, puestos 4 y 6 // 0034 91 785 6600 // nanezperez@gmail.com /administracion@nanezperez.es |
Importador 3 | PALACIOS ROCA // MercaMadrid Puestos Nave B, 5 a 13 ı Plat. Aux. F 3, Móds. 1 a 6 // 0034 917856196 // ddomingo@palaciosroca.com //comercial@palaciosroca.com |
Importador 4 | TORRES HERMANOS // Pol Industrial Agrícola Nª2 (Castellón) // 0034 962 610 016 // rboix@naranjastorres.com/ torres@naranjastorres.com |
Importador 5 | CENTRIMERCA // Carretera Villaverde a Vallecas Km 3,800 Nave C 16-18-20 (Madrid) // 0034 917 854 902 // centrimerca@centrimerca.es / josesanz@centrimerca.es |
Condiciones de acceso | FITCAN - La importación/introducción de vegetales y productos vegetales en Canarias, está sujeto a inspección Fitosanitaria según la Orden 12-03-1987 (BOE 25-03-1987). Esto implica, que las expediciones de Península a Canarias, tendrán que ir acompañadas de un Certificado fitosanitario expedido en origen. FITIN - La inspección fitosanitaria se aplicará a la importación en Península y Baleares de productos procedentes de Terceros países y en Canarias a productos de cualquier procedencia. CONCAL - El control de calidad a la importación será efectuado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). TFITIN - Este control se aplicará en Península y Baleares a productos procedentes de Terceros países y en Canarias a productos de cualquier procedencia. SOVEX - Las exportaciones de esta partida están sujetas al control de calidad. Dicho control es realizado por los Servicios del SOIVRE, según lo establecido en la Orden PRE/3026/2003 (BOE 01-11-2003), modificada por la Orden ECC/2566/2015 (BOE 03-12-2015). El tránsito de vegetales y productos vegetales, está sujeto a inspección Fitosanitaria según Real Decreto 58/2005 (BOE 22-01-2005). Esta partida y todas las de su misma numeración comparten código Taric, pudiendo estar sujetas a diferentes medidas arancelarias. REGIMEN DE COMERCIO: IMPORTACION: LIBRE IVA 4% Nota: 4% - Este tipo se aplica a las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario. Tendrán consideración de frutas aquellas que, de conformidad con el Código Alimentario, sean frutas naturales carnosas, secas u oleaginosas. Se excluyen las frutas secas que hayan sido sometidas a algún tipo de transformación, especialmente, a procesos de tostado, asado, etc. No se consideran procesos de transformación, los actos de mera conservación de los bienes, tales como el refrigerado, congelación, secado, limpieza, embalaje o acondicionamiento, descascarado, descortezado, astillado, troceado, desinfección o desinsectación. 10% - Tipo impositivo aplicable al resto de productos. Base normativa: Ley 37/1992 (BOE 29-12-1992), Resolución 2/1998 (BOE 26-05-1998), Real Decreto 1624/1992 (BOE 31-12-1992)(Cap. III, Art. 45) y Decreto 2484/1967 (BOE 17-10-1967) Derechos Arancelarios: Terceros 8% |