El Artículo 5 del Procedimiento del Punto Nacional de Contacto Argentino (PNCA) para la Conducta Empresarial Responsable detalla los requerimientos que debe contener la presentación realizada por la persona física o jurídica que entienda que la conducta de hacer o no hacer de una Empresa Multinacional pueda estar incurriendo en la no observancia de las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales sobre Conducta Empresarial Responsable.
El objetivo de este documento, que no reemplaza la formalización por escrito de la presentación según lo estipulado en el citado Artículo, es facilitar el primer contacto con el PNCA sin obviar información relevante.