Quienes acceden al rango de primeros secretarios deben tomar y aprobar un curso de actualización profesional, que es requisito de ascenso al siguiente rango, esto es: el de consejero.
Tal como dispone el artículo 35 del Reglamento, la Dirección del ISEN presentará el programa de estudios del curso de ascenso a la categoría D de conformidad con los artículos 33 y 34 del reglamento arriba citado.