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CHILE Y ARGENTINA: ACUERDO CONTRA DOBLE TRIBUTACION

Viernes 10 Octubre 2003
Información para la Prensa N°: 
231/2003

Información
para la prensa nro. 231/2003

CHILE Y ARGENTINA: ACUERDO CONTRA DOBLE TRIBUTACION

Los
cancilleres de Argentina y Chile, Rafael Bielsa y Soledad Alvear respectivamente,
firmaron hoy las notas reversales que modifican el Protocolo Modificatorio
del Convenio para evitar la Doble Tributación, entre ambas
naciones, que establece que los impuestos al patrimonio de los titulares
de acciones o participaciones en sociedades sólo pueden ser
gravados en el domicilio del titular de las respectivas inversiones.

Ello
significa que los inversionistas chilenos en Argentina quedan exentos
del impuesto a los bienes personales que gravan en un 0,5 % el patrimonio
accionario en esta nación.

La
modificación introducida según las notas reversales
firmadas hoy es la extensión de este beneficio al ejercicio
fiscal que concluyó el 31 de diciembre del año 2002.

10 de octubre de 2003