LA CANCILLERÍA ELABORÓ UN VIDEO – GUÍA SOBRE LA MODALIDAD DEL VOTO ARGENTINO FUERA DEL PAÍS
Video – guía: http://www.youtube.com/watch?v=rhznfUcpXbg
La Cancillería argentina informa que, en vista de las elecciones nacionales del próximo domingo 23 de octubre, ha elaborado un video-guía institucional a través del cual, de manera didáctica y entretenida, se informa a los ciudadanos argentinos que residen fuera del país sobre la modalidad del voto argentino en el exterior (link de referencia).
Tal como lo dispone la ley Nº 24.007 y su correspondiente reglamentación por Decreto Nº 1138/93, los argentinos residentes en el exterior pueden participar de las elecciones para cargos electivos nacionales. La ley garantiza el derecho al voto a los ciudadanos argentinos que se encuentren radicados en forma permanente o transitoria, aunque prolongada, en otro país. Cabe destacar que para ello deberán inscribirse voluntariamente en el Registro de Electores Residentes en el Exterior. Así, sólo podrán votar los compatriotas inscriptos, en este caso, antes del 26 de abril. El voto argentino en el exterior no es obligatorio. Los empadronados podrán votar en el consulado del país donde residan, de 8 a 18 hs. (hora local).
La reciente modernización de los mecanismos para el registro de electores permitió superar por primera vez los 50 mil argentinos registrados en el padrón de residentes en el exterior. De tal modo, respecto de las elecciones nacionales de 2009, aumentaron un 10 % los compatriotas habilitados para votar el 23 de octubre (50.474 ahora, unos 46.258 en 2009). De acuerdo al registro provisional están habilitadas unas 200 mesas (contra 144 en 2009), en 70 países.
La mayor cantidad de argentinos registrados para votar residen en los Estados Unidos (13.523), España (6256), Uruguay (3049), Brasil (2739), Alemania (2706), Chile (2456). Las ciudades de Los Ángeles, con más de 6 mil registrados, y Madrid, con más de 3 mil, encabezan el listado de connacionales habilitados.
En el caso de las elecciones legislativas nacionales (diputados y senadores), los argentinos residentes e inscriptos en el exterior votarán por las candidaturas correspondientes al distrito electoral de su última residencia en la Argentina, mediante una boleta distinta de las utilizadas en las elecciones en el territorio nacional. En el caso de no poder acreditar el último domicilio en la Argentina, se tomará como válido el del lugar de nacimiento, y, en última instancia, el del último domicilio de los padres.
Los votos emitidos en cada una de las representaciones diplomáticas y consulares habilitadas el día de los comicios serán remitidos a las Juntas Electorales Nacionales del distrito que corresponda según el último domicilio interior del elector, a través de un trabajo conjunto y coordinado entre el Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, la Dirección Nacional Electoral y la Cámara Nacional Electoral. Por su parte, la Cámara Nacional Electoral es el órgano encargado de la confección y actualización del Registro de Electores residentes en el exterior, sobre la base de la información que recibe periódicamente de las diversas representaciones diplomáticas argentinas (Artículo 1, Ley 24.007 y Artículos 1 a 7, Decreto 1138/93).
• INFORMACIÓN PARA JUSTIFICAR LA NO EMISIÓN DEL VOTO
La Cancillería argentina informa que todos los ciudadanos nacionales que se encuentren en tránsito en el exterior o que vivan fuera del territorio nacional y no hayan realizado el cambio de domicilio deberán justificar la no emisión de voto el día de las elecciones nacionales del próximo domingo 23 de octubre. Para hacerlo podrán acercarse, el mismo domingo 23, de 8 a 18hs. -hora local-, a la representación consular argentina que se encuentre en el país de destino, presentándose con su documento de identidad (L.E., L.C. o D.N.I.), único documento válido para esa justificación.
La dirección de los consulados nacionales en el exterior se puede consultar en el sitio: www.cancilleria.gob.ar. Una vez allí se ingresa al vínculo “representaciones argentinas”, luego se busca el país y allí se consulta la opción “consulados” que se encuentra en la parte superior derecha. Además, en la página de este Ministerio se encuentra disponible un vínculo “voto argentino en el exterior” con toda la información www.cancilleria.gob.ar/portal/Elecciones2011/ detallada.
• Quienes residan en el exterior
Se recuerda también a quienes residan en el exterior y no hayan hecho el cambio de domicilio en su documento de identidad, que también deberán justificar la no emisión de voto en una Representación argentina el mismo día de las elecciones o a su regreso al país, ante la Justicia Electoral como se detalló más arriba.
• Qué hacer si no se puede ir al consulado
En caso de no poder asistir el mismo día de los comicios a un Consulado argentino, deberá concurrir a su regreso al país, a la Cámara Nacional Electoral, sita en Leandro N. Alem 232, para justificar la no emisión de voto. Para comprobar que el solicitante se hallaba en exterior el día del comicio, es suficiente con la constancia del sello de salida de la República y el de reingreso en el pasaporte. También se tomará como válido el pasaje.-