Fechas extremas:
1864-1975
Volumen y soporte:
162 unidades de conservación (cajas). Soporte papel.
Nivel de Descripción:
Sección
Descripción General:
El área de Ceremonial Diplomático fue creada por el Decreto del 31 de Diciembre de 1904 por el cual se estableció la necesidad de que esta oficina se encargue de la recepción de los representantes de países extranjeros; ésta fue teniendo transformaciones a lo largo del tiempo y ampliando sus funciones.
Con el Decreto del 31 de marzo de 1915 que modificó la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto creando la Sección del Ceremonial encargado de cuestiones de etiqueta y precedencia. Se le asignaron además la función de protocolo del Presidente de la Nación y Ministro de Relaciones Exteriores, recepción de Embajadores y Ministros extranjeros, Audiencias diplomáticas, presentación de extranjeros al Presidente de la Nación y Ministros del Ejecutivo.
Entre sus funciones se encontraba también la relativa a los privilegios, inmunidades y franquicias diplomáticas que no tuviesen carácter contencioso. Además, se la encargó de la confección caligráfica de cartas credenciales de ratificación y disposiciones para el acto de la firma de los Tratados.
Con el Decreto n° 7629 del 21 de agosto de 1946 se creó el Ceremonial de Estado vista la necesidad de que un organismo unificara todas las disposiciones vigentes en materia de Ceremonial y que se halle en condiciones de fijar las normas protocolares requeridas por los distintos Ministerios, Secretarías y Organismos del Estado.
Dentro de esta sección se encuentra la documentación producida y recibida por Ceremonial del Estado en el ejercicio de sus funciones.
Las Misiones asignadas a Ceremonial del Estado fueron:
1) Determinar las normas a seguir por todas las dependencias nacionales en la organización de actos y ceremonias oficiales, con excepción de aquellas que tengan un carácter exclusivamente militar
2) Mantener con las misiones diplomáticas extranjeras las relaciones que fijan las normas del ceremonial vigentes
3) Organizar todas las ceremonias que por razón de su carácter o por la investidura de las personas que a ella concurran, son de competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
4) Fijar las normas a que deberá ajustarse el ceremonial de los diversos Ministerios, Secretarías y demás organismos del Estado.
Las series identificadas en esta sección son:
-Organización de Banquetes del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y de Presidencia de la Nación
- Asunciones y Renuncias de funcionarios
- Acreditaciones de personal extranjero ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
- Solicitudes de Libre Despacho de Equipajes, Cajas, Valijas, etc.
- Otorgamiento de Franquicias Aduaneras y Diplomáticas
- Registro de viajes de Funcionarios
- Registro de Juramentos de Funcionarios
- Organizaciones de Festejos de Fechas Patrias
- Saludos por los Aniversarios de Fechas Patrias
- Informes sobre inauguraciones de Monumentos
- Informes sobre Visitas de Funcionarios Extranjeros y Argentinos
- Te Deums y Misas en ocasión por Aniversario Patrios o Asunción de Funcionarios
- Solicitud de Chapas Diplomáticas
- Solicitud de Carnets Diplomáticos
- Solicitud de Visaciones
Acceso:
Abierto
Documentación asociada:
64. B. Dirección Nacional de Ceremonial