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Invitación a extranjeros para turismo

Cuando un extranjero viaje a la República Argentina por turismo y se aloje en el domicilio de un residente en la Argentina, el invitante deberá confeccionar una carta de invitación para enviar a la autoridad consular argentina en el exterior.

La carta de invitación sirve al sólo efecto de dar inicio al trámite de solicitud de visa y no garantiza, bajo ningún concepto, el otorgamiento del visado al extranjero. Esta carta es de carácter informal.

La nota podrá hacerse de acuerdo con alguno de los dos procedimientos que figuran a continuación:

A) Nota de invitación en formato papel

B) Nota de invitación electrónica a través de la plataforma TAD

Requisitos: 

A) Nota de invitación en formato papel

  1. Estar redactada en español.
  2. Estar dirigida a la autoridad consular interviniente (Ej. Al Sr. Cónsul de la República en ).
  3. Contener todos los datos personales y de contacto de la persona invitante residente en la Argentina: nombre y apellido, DNI, domicilio, teléfono fijo o celular y dirección de correo electrónico.
  4. Contener todos los datos del extranjero invitado: nombre y apellido, nacionalidad, fecha de nacimiento, tipo y N° de pasaporte, teléfono fijo o celular, dirección de correo electrónico y cualquier otro dato de contacto en el lugar de residencia.
  5. Explicar el motivo del viaje, vínculo del invitante con el invitado, tiempo de permanencia en la República, lugar de alojamiento y fecha estimada de arribo y partida.
  6. Indicar que el firmante se responsabiliza por el egreso del extranjero del país al vencer el plazo de permanencia autorizado.
  7. Incluir el siguiente párrafo: Como invitante de extranjeros, he leído y comprendo los términos de establecidos en el Capítulo VI de la Ley 25.871, artículos 116, 117, 118, 119, 120 y 121.
  8. Contener firma del invitante, certificada por Escribano Público y Colegio de Escribanos correspondiente.
  9. Enviarse en original, por correo postal, a la Embajada o Consulado argentino en donde el extranjero solicite su visa.

Observaciones:

Aclaración: Si se tratara de un grupo turístico que ha contratado los servicios de una agencia de viajes, y siempre que las solicitudes de visa se presenten ante la misma Representación argentina, podrá aceptarse una única nota de invitación, con la nómina de los viajeros. Esta nómina debe contener apellido y nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad, tipo y N° de documento de viaje y datos de contacto (teléfono y dirección de correo electrónico) de los extranjeros invitados. El listado debe, en principio, estar incluido en la nota de invitación y no anexo a la misma, excepto que se trate de una larga lista. En caso de existir anexos, los mismos también deberán estar firmados por el invitante y su firma certificada ante Escribano Público y Colegio de Escribanos correspondiente. Si se tratara de un grupo familiar, también podrá aceptarse una única nota.

B) Nota de invitación electrónica a través de la plataforma TAD

Los residentes en la Argentina que quieran invitar extranjeros por motivos de turismo podrán tramitar, alternativamente, una carta de invitación electrónica mediante la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), la cual será remitida automáticamente al consulado involucrado para su verificación e inclusión en el trámite de visado correspondiente. Con este procedimiento, no se requiere confeccionarla en papel, ni certificarla por escribano o enviarla por correo postal al consulado.

¿Quiénes pueden invitar mediante la plataforma TAD (Trámites a Distancia)?

Personas físicas residentes en la Argentina que cuenten con CUIT/CUIL y clave personal AFIP.

¿Cómo invito mediante la plataforma TAD (Trámites a Distancia)?

  1. La persona física ingresa al sitio web https://tramitesadistancia.gob.ar/.
  2. Elige en la barra superior la opción "AFIP" y completa con su CUIT/CUIL y clave personal AFIP, para validar su identidad.
  3. Tipea en el buscador "Carta de invitación" y selecciona el trámite "Carta de invitación para tramitar Visas de Extranjeros".
  4. No se podrá invitar a más de UNA (1) persona por trámite. Todo trámite que involucre a más de un invitado, no será considerado.
  5. Presiona "completar" en el ítem "Datos del trámite" e indica el consulado argentino donde tramitará la visa el extranjero.
  6. Presiona "completar" en el ítem "Formulario de Solicitud" y rellena con los datos del invitante. Dado que se trata de una invitación por turismo, no se completará Razón social y Número de RENURE. En cambio, sí deberá completarse y especificarse el vínculo con el invitador y los datos de la extranjera o extranjero invitado.
  7. Adjuntará copia escaneada del pasaporte del extranjero y toda otra documentación que estime pertinente relacionada con el trámite.
  8. Presionará "confirmar trámite" para cerrar el TAD.
  9. El invitado extranjero o su invitante indicarán el número de Expediente Electrónico al Consulado Argentino.
Observaciones: 

IMPORTANTE: Se recuerda que promover o facilitar la permanencia ilegal de extranjeros en el territorio argentino para obtener un beneficio está penado por 1 (uno) a 6 (seis) años de prisión. Se recomienda a todos los invitantes la lectura del Capítulo VI de la Ley de Migraciones N° 25.871 respecto de los delitos de orden migratorio. Esta normativa puede consultarse en el siguiente enlace: servicios.infoleg.gob.ar

Documentación