Inscripción de filiales
Solicitud de inscripción de filiales o sedes
Solicitud de inscripción de filiales o sedes
Intervención en trámites a ser realizados ante la Dirección Nacional de Migraciones por organizaciones religiosas inscriptas.
Características
Este trámite es sin cargo y no necesita patrocinio letrado.
Trámites de registro de firmas de autoridades de organizaciones religiosas inscriptas.
Este trámite es sin cargo y no necesita patrocinio letrado.
Los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica y otros institutos análogos erigidos por la Iglesia Católica Apostólica Romana podrán obtener el reconocimiento de la personería jurídica civil a través de su inscripción en el Registro de Institutos de Vida Consagrada en los términos de la Ley N° 24.483 y normas complementarias.
Aquellos religiosos que por diversos motivos decidan permanecer en la República Argentina para continuar con su labor pastoral y/o educativa, podrán solicitar a la Dirección Nacional su intervención a fin de tramitar la radicación temporaria o definitiva en el país.
Las personas físicas y/o congregaciones que necesiten legalizar algún tipo de documento original que cuente con la firma de autoridad eclesiástica de Obispados o Arzobispados, ya sea Obispo, Canciller, Vicecanciller o Vicario General podrán presentarse en la Oficina de Atención al Público con los documentos originales para su correspondiente intervención.
En virtud de lo previsto en el Decreto 13.867/46, la Dirección General de Culto Católico interviene en las solicitudes de visas religiosas de miembros de congregaciones inscriptas en el Registro de Institutos de Vida Consagrada o de instituciones religiosas acreditadas por un Obispado o Arzobispado, que ingresen al territorio nacional para desarrollar actividades religiosas o de formación.