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Registro Nacional de Cultos

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Las visas para religiosos de cultos no católicos que impliquen la radicación temporaria de un extranjero en el país, requieren la intervención y determinación de la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero. El interesado a ingresar, oportunamente deberá concertar una cita para presentarse de manera personal en dicha Sede.