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Visa para Religiosos del Culto Católico

Las visas para religiosos del culto católico que impliquen la radicación temporaria del extranjero en el país pueden tramitarse únicamente ante la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero.

El trámite es personal, por lo que el solicitante deberá tomar contacto con la Representación Consular correspondiente a fin de concertar una cita y coordinar la presentación de la documentación.

Requisitos: 
  • Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible, o bien alguno de los documentos enumerados en el Anexo I del ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE Y DE RETORNO DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (DC-46-2015-CMC), válidos y vigentes.
  • Dos (2) fotografías actuales 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco.
  • Formulario de solicitud de visa FSV completo (preferentemente en forma electrónica) y firmado olográficamente por el solicitante.
  • Constancia de domicilio en la jurisdicción del Consulado (mediante presentación de boleta de servicios u otra documentación probatoria).
  • Nota de invitación que contenga los siguientes datos: a) Comunidad, congregación o diócesis donde desarrollará tareas; b) Tipo de actividad a desarrollar (pastoral, comunitaria, docencia, etcétera); c) Dirección física y contactos de la entidad religiosa; d) Nombre de superior/provincial o autoridad responsable; e) Tiempo de permanencia en la República. La nota deberá estar firmada por un representante de la entidad, y deberá ser presentada ante la Dirección General del Registro Nacional de Cultos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, que certificará la firma y notificará al Consulado correspondiente para la prosecución del trámite. La Iglesia Católica está exenta del requisito de RENURE.
  • En caso de viajeros con 16 años cumplidos, certificado de antecedentes penales apostillado o legalizado, emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años.
  • En caso de viajeros con 16 años cumplidos, compromiso de decir la verdad o declaración jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul.
  • Pago de la tasa migratoria, excepto que se trate de miembros del clero secular.
  • Entrevista consular

Importante: La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente.

EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINO.

Costo: 

Arancel consular: $250 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación).

Tasa Migratoria: U$S300 para ciudadanos MERCOSUR y U$S600 para ciudadanos EXTRA-MERCOSUR. No se deberá abonar la Tasa Migratoria hasta tanto así lo indique la autoridad consular.

Observaciones: 

La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente.

EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINO

Para iniciar el trámite de visa, deberá tomar contacto con la Representación Consular correspondiente a fin de concertar una cita y coordinar la presentación de la documentación.

Documentación