Visa para trabajo
Las visas para trabajo pueden tramitarse únicamente ante la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero.
Las visas para trabajo pueden tramitarse únicamente ante la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero.
Las visas por nacionalidad pueden tramitarse únicamente ante la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero.
Las visas para asistir a congresos y ferias, o realizar actividades técnicas, científicas, artísticas o profesionales pueden tramitarse ante cualquier Representación Consular de la República Argentina. El plazo de permanencia autorizado para este tipo de visa es de hasta treinta (30) días.
Toda persona física o jurídica radicada en la Argentina que invite extranjeros a realizar actividades profesionales en nuestro país debe estar inscripta en el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE) de la Dirección Nacional de Migraciones.
Cuando un extranjero viaje a la República Argentina por turismo y se aloje en el domicilio de un residente en la Argentina, el invitante deberá confeccionar una carta de invitación para enviar a la autoridad consular argentina en el exterior.
Las visas para negocios pueden tramitarse ante cualquier Representación Consular de la República Argentina. El plazo de permanencia autorizado para este tipo de visa es de hasta sesenta (60) días.
Las visas para turismo pueden tramitarse ante cualquier Representación Consular de la República Argentina. El plazo de permanencia autorizado para este tipo de visa es de hasta noventa (90) días.